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ECUADOR: Aprobada reforma constitucional que permite la participación de FF. AA. en el combate al crimen organizado, extorsión, narcotráfico, terrorismo

Fotos: Rolando Enríquez/API Foto: API

ECUADOR:

La intervención complementaria de las FF. AA. se podrá realizar por un término máximo de seis meses con una renovación máxima de 30 días.

TOMADA DE:https://www.eluniverso.com/

Redacción

La Asamblea Nacional, este 21 de diciembre, reformó parcialmente la Constitución con lo cual se permite la participación de las Fuerzas Armadas, como apoyo complementario de la Policía Nacional, en el combate a los delitos de narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas, tráfico de personas, terrorismo, minería ilegal, extorsión e intimidación, delincuencia organizada.

En la sala de sesiones 125 asambleístas se pronunciaron a favor de la reforma parcial al artículo 158 de la Constitución, en la que se dispone que las funciones de coordinación para la participación de las Fuerzas Armadas estarán subordinadas a las disposiciones del presidente de la República.

El apoyo complementario de los militares será requerido, primero, por solicitud del comandante general de la Policía Nacional al presidente de la República, quien convocará de forma inmediata al Consejo Nacional de Seguridad Pública y del Estado para realizar un informe motivado y, posterior a ello, suscribirá un decreto ejecutivo disponiendo el apoyo complementario y subsidiario.

Esta participación estará sujeta a los principios de excepcionalidad, proporcionalidad y razonabilidad, así como a los estándares internacionales de derechos humanos de extraordinariedad, complementariedad, fiscalización y regulación.

De igual forma, el apoyo complementario podrá brindarse cuando existe grave conmoción interna en el sistema penitenciario. La intervención complementaria y excepcional de las Fuerzas Armadas se podrá realizar por un término máximo de seis meses con una renovación por el término máximo de treinta días en caso de que las causas que motivaron la emisión del decreto persistan.

En el documento se aclara que las autoridades, así como los servidores públicos serán responsables por cualquier abuso que hubieran cometido en el ejercicio de sus facultades y competencias durante la vigencia del apoyo excepcional, complementario, proporcional y fiscalizable de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional.

Una vez aprobada esta reforma parcial a la Constitucional, el texto pasará –según lo establece el artículo 442 de la Constitución– a un referéndum, en un plazo de 45 días, cuyo proceso debe ser coordinado y convocado por el Consejo Nacional Electoral.

La norma establece un plazo de 200 días, desde la vigencia de la norma, para que la Asamblea Nacional apruebe y desarrolle los parámetros, límites formales y materiales del apoyo complementario de las FF. AA. a la Policía Nacional.

Una vez en vigencia la reforma, se establece que el personal de las Fuerzas Armadas, así corno el personal que realiza el servicio cívico-militar voluntario recibirán, de forma permanente y continua, capacitación jurídica, técnica y estratégica, con énfasis en derechos humanos y fundamentales, en el ámbito de la protección interna y mantenimiento del orden público, lo cual deberá ser verificado e informado a la Asamblea Nacional por la Defensoría del Pueblo del Ecuador en su informe anual de labores.

El presidente de la mesa ocasional de Enmiendas Constitucionales, Otto Vera, destacó que a falta de recursos tanto económicos como humanos que tiene en la actualidad la Policía Nacional y también la infiltración del narcotráfico, es necesario que las FF. AA., excepcionalmente, apoyen a la Policía Nacional para el cuidado del orden interno y específicamente en ciertos delitos como el terrorismo, delincuencia organizada, extorsión e intimidación, temas que han tenido descontrol en el país. Vera dijo que el apoyo no será permanente, sino excepcional.

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