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Congreso aprobó que Medellín sea un distrito de ciencia y tecnología

JUAN DIEGO ORTIZ JIMÉNEZ

Con 143 votos a favor fue aprobado este jueves, en octavo debate en la Cámara de Representantes, el proyecto de acto legislativo por el cual se otorga la calidad de Distrito especial de ciencia, tecnología e innovación a Medellín.

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Según el texto aprobado en la plenaria de la Cámara, el Municipio no estará obligado a efectuar ajustes administrativos que aumenten sus costos. “La ley podrá crear mecanismos adicionales a los existentes que fomenten y promocionen desarrollos en ciencia, tecnología e innovación”, dice el parágrafo del artículo 1 del proyecto.

También establece la posibilidad de que los nueve municipios metropolitanos puedan acceder a los beneficios de la figura, no obstante, “se garantizará la continuidad de las funciones y competencias del Área Metropolitana del Valle de Aburrá”.

El senador del Centro Democrático, Santiago Valencia, promotor de la iniciativa, contó que como hay una diferencia no estructural entre los textos aprobados por las plenarias del Senado y la Cámara, las mesas directivas nombrarán conciliadores para votar el articulado definitivo.

La diferencia, añadió, consiste en el parágrafo del artículo dos que contempla la posibilidad de que los municipios del Aburrá puedan acceder a los beneficios que traerá el distrito.

En este caso la regulación de cómo procederá dicho trámite se reglamentará en una ley orgánica posterior. La votación deberá ser antes del 20 de junio, día en el que termina el segundo periodo legislativo del año.

En la próxima legislatura, que comienza el 20 de julio, tendrá lugar el debate de fondo: el proyecto de ley orgánica que determine fuentes de financiación, herramientas e instrumentos para gestionar proyectos de ciencia, tecnología e innovación, trámites y proceso de conversión.

“El grueso de los beneficios vendrá con esa ley orgánica que reglamentará el distrito. Hoy tenemos el apellido, pero será la ley la que determine el marco normativo que permita desarrollo, inversiones, patentes, investigación. Digamos que no tendrá ninguna consecuencia administrativa hasta que no salga el proyecto de ley”, explicó Valencia.

Los distritos son entidades territoriales con un régimen especial al establecido para los municipios. Pese a que la figura se estipuló en 1954 (Acto legislativo 3450), la regulación actual proviene de la Constitución de 1991 (artículo 286) y de la Ley 1617 de 2013.

Por eso la creación de nuevos distritos debe tramitarse como acto legislativo, es decir que al ser una modificación constitucional requiere ocho debates para su aprobación en el Congreso.

Según un documento técnico del Departamento Nacional de Planeación (DNP, 2018), las ventajas de ser distrito especial son la posibilidad de gestionar el desarrollo territorial a partir de potencialidades y atributos especiales que se poseen; la mayor autonomía administrativa, financiera y fiscal; y la mejor gobernanza de grandes centros poblados.

Sin embargo, la implementación de la figura tiene dificultades, entre ellas, la insuficiente claridad de las implicaciones administrativas y financieras de la transformación.

Afirmó el DNP que existe la errónea creencia de que se aumentará la asignación de la Nación por el Sistema General de Participación o Regalías. Además, añadió, no se realizan análisis de capacidad fiscal para atender las nuevas responsabilidades como creación de localidades, un Fondo de Desarrollo Local, el pago de alcaldes y los honorarios de los ediles. El 10% de los ingresos corrientes deben liberarse para asumir nuevos gastos de funcionamiento.

 

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