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Empleadores, obligados a pagar prestaciones sociales a trabajadoras domésticas

Juliana Montoya

Diciembre es una de las temporadas más esperadas del año para los empleados del país, pues reciben no solo su salario sino el pago de prima, las vacaciones y, algunos, hasta de reconocimientos extra legales como los llamados aguinaldos.

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Por eso, tanto la prima como las vacaciones, son prestaciones obligadas e incluyen a las trabajadoras del servicio doméstico, independiente del tipo de contrato que tengan.

Y es que las prestaciones sociales son un derecho fundamental que tienen todos los trabajadores en Colombia, independiente del contrato que se tenga, ya sea de tiempo completo o por días, como es el caso de las trabajadoras domésticas, a quienes por ley también se les debe pagar cesantías, prima, vacaciones y todo lo que dicta la ley.

Según indicó Natalia Eugenia Gómez, docente Facultad de Derecho Universidad CES, “tienen derecho al pago de prestaciones sociales y tienen derecho a la afiliación a la seguridad social, sea porque trabajan a tiempo completo o por días, ya cómo se paga es diferente pero muy importante la pregunta sobre todo es porqué en diciembre nos dicen hay que pagar la prima, sí, se debe pagar la prima y se paga proporcional al tiempo de servicio como cualquier trabajador en Colombia”.

No solo las prestaciones sociales son obligatorias para las trabajadoras del servicio doméstico sino las vacaciones, pues son un derecho fundamental en su labor, como con cualquier empleado.

“Como todo contrato laboral en Colombia, porque ellas realizan actividades subordinadas si son trabajadoras dependientes, tienen derecho a las vacaciones cuando se cumple el año de trabajo, ya pues con las reglas que el trabajador se establezca, después de cumplirse ese año laboral”, agregó Gómez.

Las cesantías también debe pagarlas el empleador y debe consignarlas por obligación de ley, esto, si continúa el vínculo laboral, se debe hacer antes del 15 de febrero, es decir que no se puede entregar de forma directa a la trabajadora y quienes incumplan estas medidas, pueden enfrentar sanciones legales.

“Tenemos que tener en cuenta que una demanda laboral especialmente es onerosa para los trabajadores y para los empleadores, pues porque el trabajador tendrá que conseguir un abogado pero el empleador también, y eso se ve expuesto a que pague no únicamente lo que debe sino sanciones por no pagar oportunamente, ejemplo en las cesantías, un día de salario por cada día de mora”, explicó la docente de la Universidad CES.

Las personas que requieran más información sobre sus prestaciones legales o sientan vulnerados sus derechos laborales pueden acercarse a consultorios jurídicos, los cuales pueden encontrar en las diferentes universidades que tengan una facultad de Derecho.

 

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