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Cobro por valorización en Rionegro perdió round jurídico

La Alcaldía de Rionegro defendió otra vez el cobro por valorización y dijo que la transformación vial avanza en un 85%. FOTO CORTESÍA ALCALDÍA RIONEGRO

Un ciudadano le ganó el pulso a la Alcaldía en este pleito. Otras demandas podrían tener fallos similares.

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Un fallo del Juzgado 25 Administrativo del Circuito de Medellín, el pasado 11 de marzo, atizó la batalla jurídica en torno al cobro por valorización en el municipio de Rionegro y generó un cruce de interpretaciones por parte la alcaldía y ciudadanos.

El tribunal falló en favor del ciudadano Juan Carlos García y en contra de la Alcaldía de Rionegro, y declaró la nulidad de la Resolución 939 del 16 de octubre de 2018 “por la cual se distribuye la contribución de valorización “Rionegro se valoriza”.

El falló declaró que el ciudadano en mención no tiene la obligación de pagar la contribución de valorización en los términos de la Resolución 939 del 16 de octubre de 2018. En consecuencia ordenó al Municipio de Rionegro, cesar cualquier procedimiento de cobro, cualquier ejecución, registro, inscripción o procedimiento cuyo título derive del acto administrativo anulado y de ser el caso, devuelva las sumas que a la fecha el demandante hubiera pagado.

El ABC del conflicto

La pelea alrededor de los cobros por valorización en el municipio se remonta al 16 de octubre de 2018, cuando el entonces alcalde Andrés Julián Rendón firmó la resolución 939, que distribuyó una serie de contribuciones obligatorias con las que se buscaba financiar un programa de modernización vial.

El objetivo de la administración municipal era recaudar un total de $639.746 millones para financiar 12 tramos viales que cubran el déficit de infraestructura del municipio.

Según la resolución, el 70,34% de ese monto, es decir, $449.997 millones, debían recaudarse a través de cobros por valorización. La resolución exoneró del pago a todos los propietarios de los estratos 1, 2, 3 y 4 que probaran habitar los inmuebles sobre los que recaería el cobro, a los que figuraran en la base de datos de la subsecretaría de Desarrollo Agropecuario como “pequeños y medianos productores” y a los avalados como “protectores de bosques” por la subsecretaría de Ambiente.

Con esto se pretendía concentrar los cobros en los ciudadanos con mayor capacidad económica, mejor dicho, en los estratos 5 y 6.

En noviembre de 2018 los ciudadanos cobijados con el impuesto empezaron a ser notificados y a partir de marzo de 2019 arrancó la disputa en los tribunales. En medio de esa batalla jurídica un grupo de ciudadanos instauró una acción de tutela en la que pedían declarar nulo un paquete de decretos y resoluciones que dejaron en firme los cobros por valorización en Rionegro.

No obstante, el Tribunal Administrativo de Antioquia negó el 13 de julio de 2021, en primera instancia, dichas pretensiones.

Con ese aval del Tribunal, el cobro por valorización pudo seguir adelante, recaudando hasta la fecha $320.000 millones para financiar las 12 obras de las cuales ya hay varias en funcionamiento.

¿Un giro en el proceso?

Sin embargo, el fallo del pasado 11 de marzo le asesta un primer golpe jurídico.

Ante las versiones que surgieron al conocerse la sentencia que apuntaban a que el fallo tumbaba definitivamente el cobro por valorización, el secretario de Gobierno de Rionegro, Carlos Andrés García, señaló que políticos con fines electoreros y “viudos de poder” eran los responsables de desinformar las implicaciones del fallo.

El secretario de Gobierno expresó que es “completamente falso” que el fallo haya bloqueado el cobro por valorización y que la decisión del juez responde a un caso particular de un ciudadano que solicitó la revisión de la liquidación de ese impuesto, y que dicha decisión será apelada por parte de la Alcaldía.

Según explicó Andrés Felipe Arteaga, abogado del ciudadano demandante, si bien es cierto que la demanda interpuesta no es contra el acto en general, sí deja muy comprometida jurídicamente la Resolución 939 y pierde efecto la acción coactiva que la Alcaldía adelanta.

Cabe recordar que hasta febrero de 2019 el cobro coactivo a ciudadanos ascendía a casi $31.000 millones.

El abogado Juan Fernando Giraldo, que defiende a un grupo de ciudadanos en este pleito, explica que solo las personas que presentaron demanda de nulidad con restablecimiento de derecho van a poder aspirar a que un juez de la República anule el acto administrativo, y al final determine que estas personas no están obligadas a pagar la contribución de valorización.

Según plantea el litigante, lo que sí queda claro “es que el alcalde de Rionegro, cuando determinó el tributo, actuó por fuera de sus competencias constitucionales y legales, y le corresponde a cada persona, dentro de los términos que otorga la ley, aspirar a lograr que el tributo que le fue determinado se anule por orden de un juez”.

En ese orden de ideas, las demandas que están en curso podrían tener el mismo descenlace del reciente fallo en mención y así terminaría, eventualmente, minando el polémico cobro por valorización en Rionegro.

CONTEXTO DE LA NOTICIA
ANTECEDENTES
LOS YERROS QUE TENDRÍA EL COBRO
Aunque el gran triunfo jurídico que se ha apuntado la administración de Rionegro es la negativa del Tribunal Administrativo de Antioquia a aceptar las pretensiones de la acción popular, el abogado Juan Fernando Giraldo apunta que el camino jurídico contra una determinación de un tributo es el de nulidad con restablecimiento del derecho, no una acción popular. En ese orden de ideas, explica el litigante, las demandas que está instaurando cada ciudadano podrían demostrar que la determinación del cobro violó la Constitución y la ley.

Lo que sostienen los demandantes representados por Giraldo es que el método y la tarifa son irregulares porque fueron determinados por un contratista y basado en cálculos que carecen de fundamento técnico.

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