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Presentan ordenanza para regular eventos taurinos y las corralejas

JUAN MANUEL CANTILLO ARRIETA

La Gobernación del Atlántico lo hizo ante la Asamblea Departamental, con el fin de garantizar la vida y seguridad de los atlanticenses.

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La Gobernación del Atlántico radicó en la Asamblea Departamental el proyecto de ordenanza para la regulación de eventos taurinos, incluida en la actualización del Manual de Convivencia y Seguridad Ciudadana del departamento.

De acuerdo con la gobernadora, Elsa Noguera, con esta regulación se busca soportar los requisitos para la realización de eventos como las corralejas en el departamento, las cuales no son apoyadas por la Gobernación del Atlántico.

Para muchos las corralejas son una tradición, pero debemos ser conscientes del peligro que representan para quienes participan en ellas y para nuestros animales. Por eso, les pido a los alcaldes del Atlántico que no autoricen más estos eventos y protejamos primero la vida. También les hemos planteado a los alcaldes que, en lugar de tener corralejas, en los fines de semana que se tenían previstos esos eventos hagamos festivales con una oferta diferente. Hoy tenemos otras alternativas para hacer turismo y mover la economía de los municipios», destacó la mandataria.

La Gobernadora agregó que, si bien la administración departamental no tiene el poder de prohibir los eventos taurinos, sí puede regularlos. “Es por ello que, en la actualización del Manual de Convivencia y Seguridad Ciudadana, incluimos requisitos y medidas que regulan estos eventos, toda vez que el Manual representa la hoja de ruta para fomentar el buen vivir entre los atlanticenses, mediante el establecimiento de reglas de convivencia y valores que todos debemos aplicar cuando compartimos zonas y lugares en común, como vías, parques o escenarios culturales”.

La regulación contempla, entre otras medidas, que la celebración de estos espectáculos requerirá la comunicación previa a las Secretarías de Salud y de Gobierno municipales o distritales y la vinculación en todo el proceso del Comité de Gestión del Riesgo y la Subsecretaría de Prevención del Riesgo y Atención de Desastres del Atlántico.

El articulado también incluye una prohibición al maltrato animal que dicta “se prohíbe en el departamento toda práctica en la que se laceren, mutilen, hieran, quemen o lastimen en cualquier forma a los animales, o les ocasionen la muerte. Las prácticas taurinas solo podrán ser autorizadas con restricción sujeción al cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ordenanza”.

El alto consejero para la Convivencia del Atlántico, Manuel Díaz, explicó que, para someter a estudio un evento taurino, «los organizadores deben presentar la comunicación por lo menos un mes antes de la realización de la corraleja o espectáculo taurino. Asimismo, los alcaldes de los municipios deberán establecer un puesto de mando unificado, en el cual tendrá presencia la Subsecretaría Departamental de Prevención del Riesgo y Atención de Desastres».

“Adicionalmente, debe estar presente un equipo veterinario y estructura, y escenario del evento requerirá la certificación de un arquitecto o ingeniero experto en el tema. Durante las ferias taurinas no se permitirá el ingreso de menores de 14 años y cualquier menor de 18 años debe hacerlo en compañía de un adulto responsable”, sostuvo el funcionario.

Indicó que este manual marca el camino para fomentar la sana convivencia y los valores como el respeto, la tolerancia y la armonía en el Departamento del Atlántico.

El secretario del Interior del Atlántico, Yesid Turbay, agregó que el Manual de Convivencia establece que los eventos taurinos deben contar con el personal médico requerido, con el servicio permanente de dos ambulancias medicalizadas, un espacio apto para enfermería, que cumpla con las condiciones de asepsia y elementos médicos para la atención inmediata de cualquier tipo de lesión que se pueda presentar en el desarrollo del mismo.

La estructura debe cumplir con las condiciones de sismorresistencia, certificación de calidad de suelos, prueba de carga y estabilidad estructural.

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