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Exalcaldes y exgobernadores: la lista de 28 imputados fiscales por Hidroituango

JUAN DIEGO ORTIZ JIMÉNEZ

La Contraloría General de la República anunció este jueves la lista de 28 imputados dentro del proceso de responsabilidad que adelanta por los sobrecostos en el proyecto hidroeléctrico de Ituango.

TOMADA DE:https://www.elcolombiano.com/

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Cabe recordar que con auto de apertura del 8 de noviembre de 2019, la Contraloría abrió un proceso de responsabilidad fiscal por $4 billones contra 34 presuntos responsables, como consecuencia de los daños generados por fallas en la planeación y ejecución del proyecto.

La suma del detrimento patrimonial se discriminó así: $2,9 billones a raíz de las “mayores inversiones realizadas no justificadas, que llevaron a que se diera una pérdida o destrucción del valor del proyecto”; y $1,1 billones por concepto de los recursos dejados de percibir por el Estado como consecuencia de la no entrada en operación de la hidroeléctrica en las fechas planeadas originalmente.

El contralor Carlos Felipe Córdoba informó que las decisiones responden a una investigación realizada por un equipo técnico que analizó dos teras de información. Este proceso se enmarcó en una actuación especial ejercida por la Contraloría, dentro del control excepcional solicitado por la veeduría ciudadana Recursos Sagrados en febrero de 2019.

Entre los 28 imputados figuran 10 miembros de la junta directiva de Hidroituango, dos gerentes de EPM, dos gerentes de Hidroituango, un gerente de la filial EPM Ituango, dos exalcaldes de Medellín y dos exgobernadores de Antioquia. El resto son contratistas.

Los imputados y las conductas, según el auto de la Contraloría, son:

Exalcaldes de Medellín

– Alonso Salazar Jaramillo, alcalde de Medellín entre 2008 y 2011, por las acciones y omisiones en torno al proyecto y acciones y omisiones como miembro de junta directiva y omisión al deber de tutela.

– Aníbal Gaviria Correa, alcalde de Medellín 2012-2015, por la conducta de omisión al deber de tutela.

Exgobernadores de Antioquia

– Luis Alfredo Ramos, gobernador de Antioquia entre 2008 y 2011, por la omisión al deber de tutela.

– Sergio Fajardo Valderrama, gobernador de Antioquia entre 2012 y 2015, por acciones y omisiones como miembro de junta directiva y omisión al deber de tutela.

Exgerentes de EPM

– Federico Restrepo Posada, gerente de EPM 2008-2011, por la conducta de acciones y omisiones en torno al proyecto.

– Juan Esteban Calle Restrepo, gerente de EPM 2012-2015, por la conducta de acciones y omisiones en torno al proyecto.

Exmiembros de junta directivas y exfuncionarios

– Alejandro Antonio Granda Zapata, miembro de la junta directiva y funcionario del IDEA 2012-2015.

– Álvaro Julián Villegas Moreno, miembro de la Junta Directiva 2008-2011.

– Sergio Betancur Palacio, miembro de la junta directiva 2008-2011.

– Álvaro de Jesús Vásquez, miembro de la Junta Directiva y gerente IDEA 2008-2011.

– Ana Cristina Moreno Palacios, miembro de la Junta Directiva y secretaria de Planeación 2008-2011

– Iván Mauricio Pérez, miembro de la Junta Directiva y gerente IDEA 2012-2015.

– Jesús Arturo Aristizábal Guevara, miembro de la Junta Directiva y director de energía de EPM 2008-2015

– Luis Guillermo Gómez Atehortúa, gerente de Hidroituango 2008-2011.

– John Alberto Maya Salazar, gerente de Hidroituango 2012-2015

– Jorge Mario Pérez Gallón, miembro de la Junta Directiva y funcionario del IDEA 2012-2015

– Luis Javier Vélez Duque, gerente EPM-Ituango 2011-2015

– María Eugenia Ramos, miembro de Junta Directiva y secretaria de Planeación de Antioquia

– Rafael Andrés Nanclares Ospina, miembro de la Junta Directa y secretario de infraestructura física de Antioquia

Firmas intervinientes

– Consorcio CCCI-Constructores Obras Principales, compuesto por Constructores E Comercio Camargo Correa, Constructora Conconcreto y Coninsa Ramón H.

– Consorcio Túneles Ituando FS (CTIFS) – Constructores Túneles de Desviación, compuesto por Ferrovial Agroman Chile y SAINC Ingenieros Constructores.

– Consorcio INGETEC SEDIC-Interventor, compuesto por Ingenieros Consultores Civiles y Eléctricos S.A. y SEDIC.

– Consorcio Generación Ituango – Diseñador y asesor, compuesto por Integral e Integral Ingeniería de Supervisión.

Los consorcios y empresas constructoras intervinientes serán procesados por los atrasos y defectos en la construcción de obras, incluida la Galería Auxiliar de Desviación (túnel que colapsó el 28 de abril de 2018), aumentos del valor del contrato, ausencia de seguimiento al contrato de obras principales, deficiente asesoría, precaria modificación en los diseños y omisiones de las advertencias del board de expertos.

La Contraloría consideró que los errores cometidos en el proyecto Hidroituango trajeron tres graves consecuencias:

1. La primera consecuencia es que se incumplió el objetivo principal del proyecto, que era generar energía ya contratada y acordada para el año 2018, lo que produjo el lucro cesante señalado ($1,1 billones).

2. La segunda es que se produjo un desmesurado aumento de los costos de Hidroituango. Inicialmente estaba pactado en $6 billones y, por las fallas e improvisaciones, terminó costando cerca de $13 billones, por la destrucción del valor del proyecto a junio de 2019.

3. La tercera consecuencia es la grave contingencia que en abril de 2018 amenazó con causar una calamidad pública en el área de influencia del proyecto y por la que se tuvieron que invertir recursos en más obras.

¿Cómo es el proceso?

Las etapas del proceso de responsabilidad fiscal son la investigación y el juicio. La investigación fiscal comprende un periodo de instrucción dentro de la cual se allegan y practican las pruebas que van a servir de fundamento a las decisiones que se adoptan en el proceso, en el sentido de ordenar el archivo del expediente o la apertura del correspondiente juicio con la imputación (fase actual del expediente de Hidroituango).

Es durante esta etapa de instrucción donde la ley autoriza la adopción de las medidas cautelares sobre los bienes de la persona vinculada a la investigación.

La del juicio es la etapa procesal en la que se define la responsabilidad de la persona o personas cuya gestión fiscal ha sido objeto de cuestionamiento y que culmina con una decisión motivada en la cual se declara o no la responsabilidad fiscal. Esta etapa podría durar un año y medio, según explicó Córdoba este jueves.

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