Quienes hacen veeduría a la Sentencia T-302 que declaró el estado de cosas inconstitucional piden a la Corte seguimiento judicial de este fallo.
La veeduría de la Sentencia T-302 de 2017 que declaró el estado de cosas inconstitucional en La Guajira solicitó a la Corte Constitucional que asuma el conocimiento del seguimiento judicial de este fallo “dado que las acciones del Tribunal Superior de Riohacha no son lo suficientemente ágiles y efectivas”.
Ruth Consuelo Chaparro, directora del grupo de Veeduría, aseguró que este estado de cosas inconstitucional persiste en el departamento.
La Corte Constitucional ordenó la generación de un plan de acción articulado por el Gobierno Nacional, junto con 25 instituciones accionadas por la orden judicial con el fin de superar la constante violación generalizada y sistemática de los derechos fundamentales al agua, a la salud, a la alimentación y a la participación y por lo cual se declaró el estado de cosas inconstitucional en La Guajira.
“Se ha hecho visible la imposibilidad de los responsables de adoptar medidas que garanticen los derechos que tienen los niños wayuu y sus comunidades a contar con condiciones dignas para el desarrollo de una vida plena superando en forma efectiva los índices de desnutrición y mortalidad”, enfatizó Chaparro.
Indicó que “es inaceptable que han pasado 22 meses de procedimientos y constantes prórrogas solicitadas por el gobierno y concedidas por el Tribunal de Riohacha para la presentación de un plan de acción, el no cumplimiento de las 10 sentencias previas a esta sentencia y el incumplimiento de las medidas cautelares generadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH en el 2015, tienen un costo tangible que se mide en vidas perdidas de niños y niñas por causas de enfermedades asociadas a la desnutrición”.
Precisó que desde el 2017 a la fecha han muerto 63 niños por esta causa y recientemente el ICBF reveló que encontró 784 menores con desnutrición aguda.
La veeduría asegura que la situación de derechos de los niños wayuu ha empeorado a causa de la pandemia del Covid-19, dado que a pesar de las alertas muchas comunidades no recibieron ayudas humanitarias.
Existe inexactitud en los reportes de los casos de morbimortalidad de los menores wayuu hasta el día de hoy reportados (28 niños muertos) pero pueden ser muchos más por el subregistro y ausencia de acciones”, asegura la directora de la veeduría. Se solicita al Tribunal de Riohacha no conceder más plazos a las entidades accionadas y ante el incumplimiento de las órdenes de la sentencia, declarar el desacato.
A la Procuraduría y a la Defensoría del Pueblo, tomar medidas urgentes y vinculantes que permitan el cumplimiento de la sentencia, así como realizar búsqueda activa y documentación de casos que permitan individualizar responsabilidades y abrir procesos disciplinarios.