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En Colombia, la justicia llegará por internet

POR SERGIO ANDRÉS CORREA

La crisis del coronavirus no detuvo la justicia, pero le cambió el ritmo. Las personas ya no hacen largas filas a las afueras de los despachos para radicar tutelas, participar en audiencias o presentar documentación.

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Y ahora, todos esos trámites se harán en línea. Así lo determinó el Gobierno nacional mediante el Decreto 806 de 2020, expedido este viernes, que fleixibiliza la administración de justicia a través de la tecnología, especialmente, en procesos civiles, laborales, de familia y de lo contencioso administrativo.

La norma fue dada a conocer justo después de que la Asociación Nacional de Funcionarios y Empleados Judiciales (Asonal Judicial), exhortara a los integrantes de la Rama a no retomar actividades presenciales el próximo lunes 8 de junio, cuando se vence la suspensión de términos en los procesos, que había sido determinada por el Consejo Superior de la Judicatura a raíz de la pandemia.

Ante la inminente fecha, Asonal Judicial alertó a los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura que ese tribunal no ha construido un protocolo de bioseguridad “que sea posible de cumplir” para volver a la presencialidad y que tras una visita del comité de Salud y Seguridad en el Trabajo a las sedes judiciales de Bogotá, se evidenció que “no se controlan aspectos tan vitales como el distanciamiento social, toma de temperatura, limpieza de zapatos, provisión de elementos de higiene”.

Por eso, la asociación señaló que “definir el momento para el regreso es vital, no puede ser en tiempo de mayor contagio y no puede preverse de manera uniforme para todo el país. Debe ser gradual, por fases y siempre que se cumplan los protocolos”.

El pronunciamiento del sindicato concluyó elevando la petición de “mantener la suspensión de los términos judiciales hasta tanto se verifiquen y garanticen las condiciones de un retorno seguro y responsable”.

Y aunque el tribunal no se pronunció al respecto, el Decreto firmado ayer por el presidente Iván Duque y sus ministros establece nuevas pautas de trabajo a distancia para la Rama, de manera que los procesos judiciales puedan seguir su curso.

¿Qué cambia?
Con el Decreto, el Ejecutivo autoriza a “usar los medios tecnológicos para todas las actuaciones, audiencias y diligencias y permitir a las personas que participan en los procesos, hacerlo por medios digitales, evitando exigir trámites presenciales que no sean estrictamente necesarios”.

En tal sentido, no se requerirán firmas manuscritas o digitales, presentaciones personales, autenticaciones adicionales ni documentación en formato físico.

De acuerdo con la norma, la presencialidad será solo requerida “en aquellos eventos en que los sujetos procesales o la autoridad judicial no cuenten con los medios tecnológicos para cumplir con las medidas establecidas en el decreto”.

Serán las autoridades judiciales las encargadas de informar a través de sus sitios de internet los canales oficiales de información mediante los que prestarán su servicio y las herramientas tecnológicas que emplearán.

Pero, ¿está el sistema judicial del país preparado para funcionar de manera remota? Consultado por EL COLOMBIANO, el ex defensor público y magíster en Derecho Penal, Luis Eduardo Agudelo cree que hay que dar el paso, pero que hay que tener mucho cuidado con no violar las garantías de los ciudadanos.

Para él, si bien existen muchas audiencias que pueden hacerse en la virtualidad, sobre todo en áreas civiles, laborales o de familia, “hay que tener mucho cuidado si se piensa extender la medida al área penal. Con la actual infraestructura de los despachos judiciales y salas de audiencias, en el momento que atravesamos de la pandemia, sería imposible volver a la presencialidad, pero las herramientas tecnológicas presentan desafíos sobre todo en la etapa de juicio de un proceso”.

Explicó que hay circunstancias en las que, por ejemplo, “a través de internet es muy difícil determinar si un testigo está coaccionado, o está leyendo lo que tiene que decir y eso viciaría el proceso”.

Sin embargo, “en otro tipo de diligencias la tecnología es muy útil para descongestionar el sistema y en este momento, más que una opción, usarlas es una necesidad”, concluye.

CONTEXTO DE LA NOTICIA

INFORME

“LA JUSTICIA NO DEBE SER AJENA A LA VIRTUALIDAD”
· El abogado especialista en Derecho Penal y Criminalística, Andrés Felipe Giraldo, emitió un concepto sobre la viabilidad de la realización de juicios orales y diligencias de interrogatorio virtuales. El experto señala que “la virtualidad no debe ser ajena a la función jurisdiccional y los defensores nos encontramos en la obligación de prepararnos para utilizarla”. Advierte que “la mayoría de audiencias pueden ser realizadas sin contratiempos a través de este método”, pero que asuntos como el juicio y la práctica de pruebas “sí resultan seriamente afectados cuando se desarrollan bajo la virtualidad”. Aún así, “la transformación digital es un reto al que no podemos dar la espalda”.

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