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EL SALVADOR: Organizaciones piden criterios de idoneidad e igualdad en elección de gobernadores

Piden valorar igualdad entre candidatos a gobernador departamental. Foto: Hedy Quino

EL SALVADOR.

Organizaciones de sociedad civil solicitaron a los Consejos Departamentales de Desarrollo aplicar criterios de idoneidad, transparencia, ética e igualdad en la elección de las ternas de los gobernadores departamentales que presentarán al presidente, Bernardo Arévalo.

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Esmeralda Alfaro, coordinadora del Grupo Intersectorial por los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos de Guatemala, explicó que se han postulado para el puesto de gobernador representantes de los pueblos indígenas, así como mujeres, por lo cual pidieron igualdad en este proceso de selección de candidatos.

“Nos preocupa el manejo de la selección que están haciendo en este momento, y por ello solicitamos al Organismo Ejecutivo que pueda revisar muy bien las ternas, que se conozcan muy bien los perfiles que están aplicando a estos cargos”, manifestó.

La entrevistada agregó que hay postulantes que pertenecen a partidos políticos, o han sido funcionarios públicos.

“Queremos evitar que se siga manejando la corrupción y que sigan este tipo de personas, que no colaboran y no ayudan para el pleno desarrollo de este país”, expresó Alfaro.

PROCESO DE ELECCIÓN
De acuerdo con el cronograma autorizado por el mandatario, los Consejos de Desarrollo tienen hasta este jueves 22 de febrero para analizar los perfiles de los postulados, así como analizar las objeciones que se presentaron en contra de alguno de estos.

Además, tienen hasta el 1 de marzo para que presenten las ternas de cada jurisdicción al presidente, quien deberá elegir de las mismas a los 22 nuevos gobernadores departamentales.

SOBRE LOS GOBERNADORES
De acuerdo con la Ley del Organismo Ejecutivo, los gobernadores departamentales titulares y suplentes son nombrados por el presidente de la República, tomando en consideración los candidatos propuestos por los representantes no estatales del Consejo Departamental de Desarrollo Urbano y Rural respectivo.

Según el artículo 47 de la referida normativa, entre las atribuciones de los gobernadores están:

Representar en su departamento, por delegación expresa, al mandatario.

Presidir el Consejo Departamental de Desarrollo Urbano y Rural.

Velar por la efectiva ejecución del presupuesto de inversión asignado a su departamento y realizar el seguimiento y evaluación de dicha ejecución, para lo cual, el Ministerio de Finanzas Públicas deberá remitir oportunamente la información que corresponda.

Propiciar e impulsar el pronto y eficaz cumplimiento de las políticas y acciones generales y sectoriales del Gobierno Central.

 

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