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Consejo de Estado ordenó frenar obras de metroplús en Túnel Verde

ALEJANDRO ARBOLEDA HOYOS

Este martes el Consejo de Estado confirmó que dejó sin efecto la decisión judicial que permitió reactivar la construcción de un paradero de buses y un tercer carril de tránsito para los vehículos de metroplús sobre la carrera 43A del municipio de Envigado, Antioquia.

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“El Tribunal Administrativo de Antioquia debe juzgar si, para evitar que se cause un perjuicio irremediable que afecte los derechos colectivos de los envigadeños, es necesario suspender o no la ejecución de la obra”, detalló el alto tribunal en un comunicado.

Adicionalmente, se explicó que esta nueva determinación permite que siga vigente la medida jurídica con la que se suspendió la ejecución del contrato de infraestructura vial y la prohibición para talar los árboles del corredor verde que se ubica en el área de influencia del proyecto, también conocido como el Túnel Verde.

“Sin embargo, ahora es el Tribunal el que debe determinar si se mantiene o no la suspensión provisional de las obras, mientras se adelanta el proceso que permitirá dilucidar si esta construcción viola o no derechos e intereses colectivos”, expuso el Consejo de Estado.

Este nuevo fallo relacionado con la construcción de esas obras de infraestructura en el municipio de Envigado se dio después de que en diciembre de 2020 se ordenara por parte del Tribunal Administrativo de Antioquia continuar con la construcción de una estación y un tercer carril para el tránsito de los buses de metroplús.

A pesar de que el juez que conoció de la acción popular había emitido una medida cautelar de urgencia, por medio de la cual se suspendió la ejecución de las obras y se impidió la tala de los árboles, en segunda instancia, el Tribunal Administrativo de Antioquia levantó esa suspensión y permitió la ejecución de la construcción.

En ese contexto, los demandantes interpusieron nuevamente una acción de tutela, con la intención de que se mantuviera la medida que impide intervenir el área hasta que se falle la acción popular y en ese proceso se conoció el más reciente fallo, que ordenó detener otra vez las obras.

“El Consejo de Estado concedió la acción de tutela. Consideró que la decisión por medio de la cual se negó la medida cautelar violó los derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y a la tutela judicial efectiva”, planteó el alto tribunal.

Por esa razón, se dejó sin efectos la decisión del tribunal antioqueño y se ordenó a esa corporación dictar un nuevo fallo judicial, en el que tenga en cuenta el posible perjuicio que puede ocasionarse si no se suspende la ejecución de las obras de metroplús en este municipio del Sur del Valle de Aburrá.

EL COLOMBIANO trató de comunicarse con la Alcaldía de Envigado para conocer su reacción frente al fallo y recibió como respuesta que se esperará a que el Tribunal Administrativo de Antioquia se pronuncie y tome una decisión, en el plazo de 20 días que estipula el Consejo de Estado.

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