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CHILE: Piñera descarta veto y promulga ley que limita reelección de autoridades

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Junto con ello, el Mandatario se refirió al conflicto que mantuvo con el Congreso Nacional respecto a la admisibilidad de proyectos.

TOMADA DE:eldinamo.cl

El Dínamo | Noticias de Chile y el mundo

El Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que establece un límite a la reelección parlamentaria y de autoridades, descartando de esta manera aplicar un veto, como pedían sectores del oficialismo para no afectar a los alcaldes.

“Las democracias son seres vivos que necesitan renovarse, oxigenarse y adecuarse a las aspiraciones y necesidades de los ciudadanos y las realidades y cambios de los tiempos. Todo sabemos que últimamente hemos observado un deterioro en la calidad de la política, un debilitamiento de algunas de nuestras instituciones fundamentales y un distanciamiento entre los ciudadanos y la política y esa no es una buena noticia y todos tenemos la obligación de enmendar el rumbo”,expresó Piñera.

El jefe de Estado explicó que esta iniciativa de límite a la reelección de autoridades, que fue despachada en los primeros días de junio, “interpreta y da una respuesta a una amplia y profunda demanda de los ciudadanos por mayor renovación, participación y transparencia de nuestra democracia”.

“La limitación de las reelecciones indefinidas de alcaldes, diputados, senadores, contribuye al perfeccionamiento de nuestra democracia”, agregó.

Junto con ello, el Mandatario se refirió al conflicto que mantuvo con el Congreso Nacional respecto a la admisibilidad de proyectos.

“No hay democracia sin separación de los poderes del Estado y sin que los poderes respeten la Constitución y las leyes y respeten las atribuciones de los otros poderes del Estado”, expresó Piñera.

Detalles de la ley
De esta manera en el caso de los parlamentarios, los diputados podrá ser elegidos hasta dos periodos de manera sucesiva (8 años en total), mientras que los senadores solo podrán acceder a una reelección.

En ambos casos se considerada un periodo completo cuando cumplan más de la mitad de su mandato en el Congreso Nacional.

Respecto a los alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales, podrán ser elegidos hasta por dos periodos de manera sucesiva y también se considerada como una etapa cumplida cuando superen la mitad de su mantención en el cargo.

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