Los impuestos saludables introducidos por la reforma tributaria de 2022 siguen arañando los bolsillos de los consumidores colombianos. Le contamos cómo se aplica la normativa.

La Ley 2277 de 2022, por medio de la cual se adoptó una reforma tributaria “para la igualdad y la justicia social” le seguirá pasando factura a los bolsillos de las familias colombianas en este 2025.
Impuestos saludables les amargan las ventas a los tenderos
La norma introdujo los llamados impuestos saludables a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas.
Los primeros ajustes se aplicaron durante 2023, y continuaron en 2024 reflejándose, naturalmente, en las cuentas de los hogares y así lo demuestran los datos que recientemente publicó el Dane sobre la inflación observada el año anterior.
Según la entidad oficial, al cierre de 2024 la subclase de productos de panadería observó una variación de 6,99%, mientras que las carnes preparadas y de charcutería aumentaron 6,53%. Por su parte, la categoría de jaleas y mermeladas creció 6,12%; la de dulces, confites y caramelos 49,26%; y la de gelatinas y flanes 39,72%.
También sintieron el efecto de los impuestos saludables el chocolate (61,58%), los jugos y refrescos empacados (5,43%), los concentrados para preparar refrescos (50,45%), gaseosas y maltas (4,25%) y las bebidas energizantes (3,21%).
En este contexto, grandes empresas productoras de alimentos procesados, como Nutresa, reportaron en el primer y segundo trimestre del año menores ventas atribuyendo este comportamiento, en parte, a la introducción de nuevos impuestos en algunos productos alimenticios.
Nuevo ajuste de impuesto saludable
De acuerdo con la norma, este 2025 las bebidas ultraprocesadas azucaradas volvieron a sentir el golpe de la primera reforma tributaria del gobierno de Gustavo Petro.
Es así como aquellas bebidas con un nivel mayor o igual a seis gramos y menor a diez gramos de azúcares añadidos, por cada 100 mililitros, pagarán un impuesto de $38. A su vez, aquellas bebidas con un nivel mayor o igual a diez gramos de azúcares añadidos, por cada 100 mililitros, cancelarán $65.
El ejercicio práctico es simple: una gaseosa litro en cuya tabla nutricional se indique que la proporción de azúcares añadidos es igual o mayor a 10 gramos, debe reconocer un impuesto saludable de $650.
Tampoco escapan los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas.
De esta lista hacen parte algunos productos lácteos con azúcar, excepto el arequipe o dulce de leche; los embutidos de carne menos el salchichón, la mortadela y la butifarra.
Y comprende chocolates, hojuelas y copos de maíz, productos de panadería excepto el pan y las obleas, conservas, confituras menos el bocadillo de guayaba, salsas y helados.
La tarifa del impuesto a los productos comestibles ultraprocesados fue de 10% en el año 2023, del 15% en 2024 y del 20% en este año 2025.
En cualquier caso, la Dian recordó que están obligados a liquidar y pagar estos gravámenes los productores y/o importadores que pretendan introducir al territorio nacional, desde el exterior o desde zona franca, los productos señalados ya sea que el proceso de nacionalización lo realicen directamente o través de una agencia de aduanas.
Otro detalle relevante es que a partir del año 2026 el valor de las tarifas de este impuesto establecidas para el año 2025 se ajustará cada primero de enero en el mismo porcentaje en que se incremente la Unidad de Valor Tributario (UVT), por lo que le corresponderá a la Dian expedir el acto administrativo del porcentaje de incremento de la UVT y el valor de las tarifas actualizadas.
Los rótulos en los empaques
Alineada con esta iniciativa que busca desincentivar el consumo de productos que podrían ser perjudiciales para la salud, el Gobierno también estableció el reglamento técnico sobre los requisitos de etiquetado nutricional y frontal que deben cumplir los alimentos envasados y empacados para consumo humano.
Colombia, junto a Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Ecuador, México, Perú y Uruguay, ya cuenta con la llamada Ley de etiquetado para alimentos y bebidas.
Desde el área de Desarrollo de Mercado Latam de Kantar, empresa consultora, se indicó que desde hace más de 10 años, cuando se introdujo esta normativa, se aprecia que cuantas más etiquetas de advertencia tenga un producto, menos se comprará.
El gremio de los comerciantes, Fenalco, en alianza con Mondelēz International, la empresa detrás de marcas como Oreo, Trident, Club Social, Halls y Ritz, han realizado capacitaciones a tenderos, para informarlos sobre la materia de etiquetado frontal y nutricional de alimentos.