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Conozca las excepciones del toque de queda en Antioquia

ALEJANDRO ARBOLEDA HOYOS

A través del decreto en el que se formalizó la cuarentena en el departamento de Antioquia, el gobernador (e) Luis Fernando Suárez, especificó las excepciones para la circulación durante la vigencia de esta medida en las diferentes subregiones.

El mandatario departamental (e) aclaró los casos exceptuados del toque de queda que regirá desde este viernes 8 de enero a las 7:00 p.m. hasta el martes 12 de enero a las 5:00 a.m. en el Valle de Aburrá y el Oriente; y el toque de queda en las demás subregiones entre la 10:00 p.m. y las 5:00 a.m., diariamente hasta el martes 12 de enero.

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“Se encuentran exceptuados del toque de queda por la vida, los habitantes de los municipios del departamento de Antioquia que, en atención a sus actividades laborales o por razones de emergencia, deben desplazarse”, se lee en el decreto.

Punto seguido, se señaló que para constatar la excepción, los ciudadanos deben presentar prueba sumaria (documentación) que indique la actividad laboral a desempeñar o la situación de emergencia a atender.

Además, en el documento se especificó que se permitirá la circulación de personas incluidas en las excepciones de las anteriores medidas restrictivas como los servicios de domiciliarios debidamente certificados, así como los de salud y seguridad.

Por último, Suárez explicó que se permitirá la circulación de personas y vehículos para el retorno en el puente festivo de reyes, y se contará en el departamento con todas las medidas de seguridad de parte de Policía y Ejército Nacional.

“Las restricciones se toman en razón al alto nivel de ocupación de camas de UCI en el Área Metropolitana y en el Oriente tomamos la decisión siguiendo los lineamientos del Gobierno Nacional de ampliar el toque de queda”, resaltó el gobernador (e) sobre las medidas.

A su turno, este viernes, el secretario de Gobierno de Medellín, Esteban Restrepo, aseguró que durante la cuarentena, los supermercados, tiendas y plazas de abastecimiento e insumos de primera necesidad pueden atender al público.

Esta actividad de abastecimiento se permitirá a los ciudadanos, según el funcionario, siempre y cuando la persona esté en tránsito a su lugar de residencia o trabajo, o esté entre las excepciones del decreto departamental.

 

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