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Económicas

Claro fue sancionada con 983 millones de pesos ¿por qué?

NATALIA CUBILLOS MURCIA |

La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a la compañía con una multa de 983 millones de pesos tras la queja de 33 usuarios y la información reportada por la compañía después de los requerimientos de la autoridad, anunció a través de un comunicado de prensa.

TOMADO DE: elcolombiano.comAntioquia - Medellín | El Colombiano, noticias.

De acuerdo con la SIC la compañía vulneró los derechos de libre elección de sus usuarios. ¿Por qué? Debido a que la empresa de telecomunicaciones generaba obstáculos para terminar su contrato, “al no dar cumplimiento a las solicitudes de terminación de contratos en el término establecido por la ley”.

Además, la autoridad aseguró que Claro entregó “información inexacta sobre la presentación de quejas de sus usuarios ante la imposibilidad de terminación del contrato y cambio de modalidad de pospago a prepago”.

Según los hallazgos Claro no realizó la terminación del servicio en 3.416 casos dentro del ciclo de facturación correspondiente, “omitió tramitar solicitudes de terminación recibidas a través de la línea de atención telefónica, exigiendo a sus clientes un horario de atención diferente al establecido en la ley y, en otros casos, se exigieron requisitos adicionales para el trámite de la solicitud de terminación del contrato”.

Inclusive la SIC encontró que Claro generó “el cobro de facturas posteriores a la solicitud de terminación del contrato por parte de los clientes”.

Sobre la información inexacta, la SIC constató que mientras la compañía reportó que en primer semestre del año 2018 recibió un total de 4.611 quejas relacionadas con la imposibilidad de terminación del contrato y cambio de modalidad de pospago a prepago en los servicios móviles, al Ministerio de Tecnologías de la Información y las comunicaciones le reportó 28.060 casos en el mismo lapso.

Por su parte, la compañía afirmó a través de un comunicado que “no ha sido notificado formalmente de la resolución emitida por la Superintendencia de Industria y Comercio y no tiene más información sobre los argumentos que llevaron a la SIC a imponer la sanción más que la dada por medio del comunicado de prensa de la autoridad”.

Esto significa que una vez la empresa analice la documentación “analizaremos cuidadosamente los motivos esgrimidos por la SIC e interpondremos los correspondientes recursos de ley en defensa de los intereses de la compañía”.

Vale destacar que en este proceso proceden los recursos de reposición y apelación.

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