La identificación no podrá ser un adhesivo decorativo, sino que deberá ajustarse a las especificaciones técnicas previstas en la reglamentación. Foto: Camilo Suárez
Desde el 1 de enero de 2027, bicicletas y patinetas eléctricas deberán llevar una lámina de identificación técnica en Colombia y cumplir requisitos de seguridad para circular. Los detalles.
Si tiene una bicicleta o una patineta eléctrica, prepárese: pronto tendrá que ponerle una ‘cédula’. El Ministerio de Transporte reglamentó la Ley 2486 de 2025, que establece nuevas condiciones para los vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana (VELMPU).
La principal novedad es la obligación de instalar una lámina de identificación técnica, tanto en los vehículos nuevos como en los que ya ruedan por las calles.
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La medida busca facilitar los controles de las autoridades y verificar que tanto bicicletas como patinetas eléctricas cumplan con las especificaciones técnicas exigidas.
¿Qué información debe llevar la placa de las bicicletas y patinetas eléctricas?
La lámina deberá incluir los siguientes datos: número de serie, año de fabricación, potencia, velocidad máxima, marca y modelo, peso, y categoría y clase del vehículo.
La identificación no podrá ser un adhesivo decorativo, sino que deberá ajustarse a las especificaciones técnicas previstas en la reglamentación.
¿Quién debe instalar la lámina y cuál es el plazo?
La responsabilidad dependerá de la fecha de comercialización del vehículo. Los fabricantes, ensambladores, importadores y comercializadores deberán instalar la lámina al momento de vender las unidades nuevas.
Por su parte, los propietarios de bicicletas y patinetas eléctricas comercializadas antes del 1 de enero de 2027 deberán instalarla antes de esa fecha.
Para obtener los datos requeridos, podrán consultar el manual de usuario, la factura de compra u otros documentos expedidos por el fabricante o el vendedor.
¿Qué requisitos de seguridad deberán cumplir estos vehículos?
Además de la lámina de identificación técnica, los vehículos deberán contar, según su configuración, con sistema de frenos, luces delanteras y traseras, direccionales, avisador acústico, indicadores de batería y velocidad, y un limitador que impida superar la velocidad máxima establecida.
Límites de velocidad para bicicletas y patinetas eléctricas en Colombia
También establece límites de velocidad según el espacio de circulación.
n las ciclovías y los espacios destinados a actividades recreativas o deportivas, la velocidad máxima será de 25 kilómetros por hora. En las calzadas o los carriles mixtos, el límite será de 40 kilómetros por hora.
¿Habrá multas por no llevar la placa desde 2027?
Aunque la lámina facilitará los controles en vía, no equivale a una matrícula tradicional ante una entifdade tránsito.
La Ley 2486 de 2025 exime de matrícula, Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y licencia de conducción a los vehículos que cumplen las condiciones específicas de peso y velocidad contempladas en su artículo 15. La nueva identificación no elimina esas excepciones.
Sin embargo, los usuarios sí deben cumplir las demás normas de circulación y seguridad, pues la legislación contempla sanciones para diferentes infracciones.
El Ministerio de Transporte anunció un periodo inicial de tres meses de pedagogía y socialización, durante el cual no se impondrían sanciones por incumplir las nuevas normas.
Por eso, los propietarios deberían revisar las especificaciones técnicas de sus vehículos y consultar la documentación disponible para prepararse antes de que entre en vigor la obligación.









