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A partir del martes, toque de queda en Santa Marta inicia a las 8 p.m.

Alcaldía decretó nuevas medidas para contener propagación del COVID-19.

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El Decreto 059, expedido el 13 de marzo de 2021, por parte de la Alcaldía de Santa Marta, adopta nuevas medidas especiales para contener la propagación del virus del COVID-19.

Las medidas tendrán vigencia a partir de las 00:00 horas del 16 de marzo, hasta las 5:00 de la mañana del día 27 del mismo mes.

El acto administrativo restringe la movilidad de personas y la circulación de vehículos por vías y lugares públicos entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m., todos los días de la semana. Todos los establecimientos de comercio, incluyendo los gastronómicos, estarán abiertos hasta las 7:00 p.m.

Se exceptúan los servicios domiciliarios, las droguerías, la movilidad de personas que laboran o prestan sus servicios en las actividades y/o labores autorizadas. Se permite la venta de comida de restaurantes, a través de las plataformas digitales y su entrega por domicilio hasta las 11:00 p.m.

El decreto establece Ley Seca, se prohíbe el expendio y consumo en sitios públicos de bebidas alcohólicas y embriagantes en todo el territorio urbano y rural de Santa Marta, regirá en el horario comprendido entre las 6:00 p.m. y hasta las 6:00 a.m. Sin embargo, se permite la compra de bebidas embriagantes a través de plataformas digitales y domicilios.

El ‘pico y cédula’, comienza a regir entre el 16 y el 26 de marzo, de acuerdo con último digito de la cédula de ciudadanía, documento de identidad y/o pasaporte de los ciudadanos de otras nacionalidades que deban realizar la adquisición y pagos de bienes y servicios en los establecimientos bancarios y financieros, notarias, curadurías, Oficina de Instrumentos Públicos, Registraduría del Estado Civil, supermercados, supertiendas, tiendas de cadenas, centros comerciales, Mercado Público, Secretaría de Movilidad Distrital y el SIETT, tal como se detalla a continuación:

ÚLTIMO DIGITO DOCUMENTO DE

IDENTIFICACIÓN DE NACIONALES

Y EXTRANJEROS

FECHA
1, 2, 3 16 de marzo del 2021
4, 5, 6 17 de marzo del 2021
7, 8, 9 18 de marzo del 2021
0, 1, 2 19 de marzo del 2021
3, 4, 5 20 de marzo del 2021
6, 7, 8 21 de marzo del 2021
9, 0, 1 22 de marzo del 2021
2, 3, 4 23 de marzo del 2021
5, 6, 7 24 de marzo del 2021
8, 9, 0 25 de marzo del 2021
1, 2, 3 26 de marzo del 2021
Esta medida no aplica para restaurantes, hoteles, parques recreacionales con espacios abiertos, a los que corresponderá vigilar que, durante su permanencia, los clientes cumplan con los protocolos de bioseguridad que son obligatorios y de responsabilidad individual.

Más información en el documento del Decreto 059, expedido el 13 de marzo de 2021.

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