VENEZUELA:
Por Hector Antolinez
La ausencia de Nicolás Maduro implica, según la Constitución, la convocatoria a elecciones. Sin embargo, el TSJ evadió lo que cita la Carta Magna y juramentó a la antigua vicepresidenta argumentando un escenario inexistente: la ausencia forzada
100 días han pasado desde que el 3 de enero ocurrieran dos eventos inéditos en la historia de Venezuela: el primero, la extracción de Nicolás Maduro y Cilia Flores del territorio por parte de efectivos militares estadounidenses; el segundo, una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en la que se creó una nueva categoría de falta presidencial que no está contemplada en la Constitución: la ausencia “forzosa”.
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