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Se cayó tutela que pretendía quitarle al CNE la facultad para investigar la campaña Petro presidente

FOTO: COLPRENSA

El Consejo de Estado determinó que la Fundación que interpuso el recurso no tenía intereses directos en la investigación que adelanta el CNE a la campaña presidencial de Gustavo Petro.

El Consejo de Estado rechazó una acción de tutela con la que se pretendía anular la facultad que se le concedió al Consejo Nacional Electoral (CNE) para investigar la campaña Petro presidente. El recurso había sido interpuesto por una Fundación y los magistrados consideraron que los accionantes no tenían un interés directo sobre el tema.

TOMADA DE: elcolombiano.com

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El recurso legal había sido interpuesto por la Fundación Defensa de la Información Legal y Oportuna. Argumentaban que existe un conflicto de competencias entre la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, el CNE y la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes.

El Consejo de Estado rechazó las pretensiones de que el concepto –emitido por la Sala de Consulta– quedara sin efectos la decisión que le otorgó al CNE las facultades para investigar las aparentes irregularidades en la campaña presidencial de Gustavo Petro.

Pese a los argumentos de la Fundación, los magistrados desestimaron el recurso tras indicar que los accionantes no tenían un interés directo sobre el tema de la solicitud, pues el interesado directamente es el presidente y su entonces equipo de campaña.

“La Fundación DILO Colombia no ostenta un interés sustancial, directo y particular respecto de la solicitud de amparo, en tanto no alega la amenaza o vulneración a un derecho fundamental propio; por el contrario, el derecho al debido proceso y la garantía del juez natural que se pretenden resguardar no están en cabeza de la accionante, sino de otra persona, es decir, el presidente Gustavo Francisco Petro”, se lee en la decisión del Consejo de Estado.

Los magistrados añadieron que para exigir la protección del derecho al debido proceso, la Fundación debió demostrar que es ciudadana y que además ejerció el derecho al voto en la carrera presidencial. Situación técnicamente posible para una persona jurídica.

“La Fundación no tiene el carácter de ciudadana y por ello tampoco ejerció el derecho al voto en las últimas elecciones presidenciales, ni actúa como agente oficiosa del presidente de la República, de manera que no se cumple con el presupuesto de legitimación en la causa por activa”, puntualizó el Consejo de Estado.

En el alto tribunal todavía hay un recurso por resolver. Se trata de una solicitud de nulidad interpuesta por Héctor Carvajal, abogado del presidente. Con ello, el abogado buscaría frenar la investigación que avanza en el CNE por aparente violación de hasta 5.300 millones de pesos en los topes de la campaña presidencial del Pacto Histórico.

 

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