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¿Qué es lo que está en juego en el corredor entre Barranquilla y Puerto Colombia?

Corredor Universitario. Foto: cortesía

Jesús Uribe – M. Tapias

Según cálculos de expertos, el corredor universitario representa el 50 % de los ingresos tributarios de Puerto Colombia.

La sentencia del Consejo de Estado ha generado un nuevo pleito jurídica y político entre las alcaldías de Barranquilla y Puerto Colombia, ya que está en juego más de 1.400 hectáreas, un corredor donde se ubican las principales universidades privadas y públicas, así como una de las zonas de mayor desarrollo urbanístico de los últimos años. En esta área se encuentran complejos de edificios, villas de alto costo y clínicas.

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Según los cálculos de expertos y analistas en la materia, el corredor universitario representa el 50 % de los ingresos tributarios de Puerto Colombia, un municipio con una proyección de predios valorados en 6,7 billones de pesos.

El fallo ratifica la sentencia de primera instancia del Tribunal Contencioso Administrativo del Atlántico del 14 de diciembre de 2016, que declaró nula la ordenanza 075 de 2009, expedida por la Asamblea del Atlántico, la cual establecía los límites territoriales entre Puerto Colombia y Barranquilla.

La reacción de los mandatarios
Para el alcalde de Barranquilla, Alejandro Char, este fallo “es una confirmación de un fallo que ya había ganado Barranquilla hace nueve años, en el 2016. Le devuelven a la ciudad lo que ya tenía”, precisó el mandatario distrital.

Por otro lado, Plinio Cedeño, alcalde del municipio de Puerto Colombia, sostuvo que seguirán trabajando con su equipo jurídico para conservar todo su territorio.

“Puerto Colombia está demostrando que es territorio democrático y a través del diálogo estamos seguros que vamos a conservar todo nuestro territorio y acá estaré defendiendo a capa y espada”, dijo el mandatario del municipio.

A su vez, el secretario Jurídico de la Gobernación del Atlántico, Rachid Náder, señaló que este fallo no es inmediato y que ahora corresponde al Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) buscar un consenso entre Barranquilla y Puerto Colombia.

“Hoy en día, la ley 1617 del 2013 que es la ley de Distrito, establece que los conflictos limítrofes deben ser resueltos por el IGAC y la Comisión de Ordenamiento Territorial del Congreso de la República. Esta sentencia da lugar a que se inicie un proceso de deslinde por parte del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, donde cite a los representantes del Distrito de Barranquilla y el municipio de Puerto Colombia a lograr un consenso respecto de la línea divisoria entre ambas entidades territoriales”, dijo el funcionario.

El abogado que presentó la demanda considera que este fallo debe cumplirse de inmediato por parte de la Alcaldía de Puerto Colombia, advirtiendo sobre el riesgo de desacato.

Polémica política por el corredor universitario
Mientras tanto, el diputado Camilo Torres Villalba, sostiene que este fallo del Consejo de Estado no es definitivo, por lo que el equipo jurídico de la Alcaldía de Puerto Colombia tomará acciones para defender su territorio.

“El corredor universitario y las más de 1.000 hectáreas que lo comprenden deben seguir siendo de Puerto Colombia. El fallo del Consejo de Estado solo deroga una ordenanza de 2009, pero no establece nuevos límites entre el distrito y el municipio. Pretender fijar nuevos límites es desconocer el desarrollo, el crecimiento y la historia de Puerto Colombia, además de afectar negativamente las finanzas y la autonomía del municipio”, manifestó el diputado.

Lo cierto es que la Gobernación del Atlántico ya ha iniciado acciones ante el IGAC para establecer una mesa de diálogos entre ambos entes territoriales.

Este fallo del Consejo de Estado reabre el conflicto limítrofe que en 2009 le correspondió resolver a la Asamblea Departamental del Atlántico durante el gobierno del entonces gobernador Eduardo Verano de la Rosa, quien era partidario de realizar una consulta popular para encontrar una solución al conflicto. Sin embargo, la normativa jurídica actual es diferente y el procedimiento debe ajustarse a otros protocolos procesales que no existían en ese momento.

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