La Procuradora General propone cambios cruciales, alineando leyes nacionales con los estándares internacionales de protección infantil
La Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, solicitó a la Corte Constitucional que declare inválidas las normas que permiten los matrimonios de menores de 18 años en Colombia. Esta petición se basa en su consideración de que estas leyes son incompatibles con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
Principales puntos de la solicitud:
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Incompatibilidad Legal:
La Procuradora argumenta que las leyes colombianas, como el Código Civil y la Ley 1306 de 2009, entran en conflicto con la CEDAW, que define los matrimonios con menores como una forma de unión forzada. Esto se debe a que el consentimiento de un niño o adolescente no se puede considerar completamente libre e informado.
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Prevalencia de Tratados Internacionales:
La Procuradora sostiene que, conforme a la legislación internacional, los tratados deben tener prioridad sobre las leyes nacionales. Dado que no hay una disposición en la Constitución colombiana que permita a los menores casarse, es fundamental aplicar la CEDAW para proteger los derechos de los niños y las mujeres.
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Protección de Derechos:
La propuesta busca optimizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes, asegurando que no se vean obligados a contraer matrimonio en condiciones que pueden no ser justas.
La solicitud pone de relieve la necesidad de revisar y actualizar las leyes sobre el matrimonio en Colombia, enfocándose en la protección y el bienestar de los menores.
Con esto, ahora la Corte Constitucional deberá evaluar esta petición y su impacto en la legislación vigente.
¿Qué edad se debe tener en Colombia para contraer matrimonio?
La edad mínima para casarse en Colombia es de 18 años. Sin embargo, los menores de edad pueden casarse a partir de los 14 años, eso sí, con el consentimiento de sus padres o representantes legales.