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Piden licencia ambiental para la doble calzada Sancho Paisa – El Tablazo en el Oriente Cornare y el Ministerio del Medio Ambiente serán los e

El trazado consiste en 13,7 km y 5,7 cruzan la reserva forestal protectora del Nare. FOTO CORTESÍA

GUSTAVO OSPINA ZAPATA

Cornare y el Ministerio del Medio Ambiente serán los encargados de decidir si dan vía libre al proyecto.

TOMADA DE:https://www.elcolombiano.com/

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La doble calzada entre Sancho Paisa y Rionegro empieza a ser cada vez más real, de acuerdo con información revelada por Cornare, según la cual, el pasado lunes 14 de marzo la corporación recibió oficialmente la solicitud de Licencia Ambiental para el proyecto, conocido como Doble Calzada Oriente – DCO.

Esta obra es una iniciativa de la Gobernación de Antioquia y nació de una alianza público–privada, cuyo contrato se suscribió el 23 de febrero de 2021 entre el Departamento y el Consorcio Concesiones Oriente CR. Según Cornare, es el primero de su tipo en la región y no compromete recursos públicos de acuerdo con los proponentes del mismo.

El trazado para este desarrollo vial inicia en la glorieta de Sancho Paisa (Envigado) y llega hasta el sector El Tablazo (Rionegro). La propuesta tiene área de influencia en los municipios de Envigado, El Retiro y Rionegro.

La corporación ambiental explicó que la solicitud radicada consiste en el Estudio de Impacto Ambiental -EIA-, el cual contiene una descripción detallada del proyecto, una caracterización de la zona en los componentes ambiental, social y económico, y la calificación de los impactos en estos mismos aspectos. Incluye varios capítulos del estudio que proyecta las medidas de manejo para prevenir, contener, mitigar, corregir y compensar los riesgos y posibles efectos que pueda generar. La información debe ser analizada por la entidad para el análisis profesional respectivo.

En su página web www.cornare.gov.co, para posibilitar a todos los interesados el acceso a la información, la participación y que estén enterados de los pormenores del mismo, Cornare dispuso la información del proyecto para así garantizar el principio de acceso a la información pública ambiental, una garantía propuesta en Escazú y que viene implementado en la corporación. Las personas podrán acceder a los documentos radicados e interactuar a través de los diferentes mecanismos de participación, y pueden aportar información adicional que consideren necesaria y que permita a la corporación tomar la decisión que considere mejor para el territorio dentro de su competencia ambiental.

Cornare advirtió que el trazado tiene una longitud de 13,7 km y cruza en 5,7 km zona de influencia de la Reserva Forestal Protectora del Nare, un área protegida con 8.829 hectáreas, cuya declaratoria fue realizada por el Ministerio de Ambiente en 2010 a través de la Resolución 1510.

“El proponente debe adelantar un trámite ambiental en simultánea ante el Ministerio de Ambiente, que consiste en solicitar la sustracción de 42.7 hectáreas, que corresponden al 0.48% del total de la Reserva y será el Ministerio el que decida si se sustrae o no la zona de reserva para el desarrollo de la vía”, precisó.

Indicó, además, que hasta tanto no haya decisión de la cartera, la corporación no puede decidir de fondo sobre la solicitud, pero sí debe continuar con el trámite establecido en la norma de Licenciamiento Ambiental.

Lo que sigue después de radicada la solicitud es la expedición de un auto de Inicio, el cual debe ser notificado al promotor del proyecto y comunicado a las partes interesadas.

Cornare cuenta con profesionales de las áreas de Biología, Ingeniería Civil, Sanitaria, Ambiental, Geólogos, hidrólogos, sociales y jurídicos, entre otros, encargados del análisis y de contrastar la información.

Se tienen en cuenta aspectos como la flora, la fauna y las fuentes hídricas, así como el componente social, entre otros.

Los ciudadanos podrán constituirse en terceros intervinientes para que les sean comunicadas las decisiones que se tomen referente al proceso de licenciamiento y solicitar audiencia pública ambiental conforme a lo dispuesto en el Decreto 330 de 2007 compilado en el Decreto 1076 de 2015.

 

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