PERÚ:
Su publicación oficial marca un paso significativo en la defensa de los derechos de niños y adolescentes, fortaleciendo la legislación vigente para enfrentar esta problemática en el país.
El acoso sexual a menores de 14 años ahora será castigado con penas de hasta nueve años de cárcel, según la Ley Nº 32169, ya publicada en el diario oficial El Peruano. Esta norma, que modifica el Código Penal, busca proteger la indemnidad sexual de niños y adolescentes, reforzando las medidas contra este delito.
La nueva normativa establece que cualquier persona que vigile, persiga, hostigue, asedie o busque contacto con menores de 14 años con fines sexuales será castigada con prisión no menor de seis ni mayor de nueve años.
La misma pena se aplicará a quienes cometan estos actos utilizando tecnologías de la información, como redes sociales u otros medios digitales.
Además, se contempla la inhabilitación del agresor en función de la gravedad del caso, asegurando que quienes incurran en estas conductas no puedan repetirlas.
Con esta disposición, el Estado peruano refuerza su compromiso de erradicar la violencia sexual en todas sus formas, enviando un mensaje de tolerancia cero hacia quienes atenten contra los derechos de los menores.
La norma también busca agilizar los procesos judiciales en casos de delitos sexuales, contribuyendo a una mayor protección para las víctimas.
Una respuesta a un vacío legal
La Ley Nº 32169 responde a la necesidad de cerrar vacíos legales que anteriormente impedían sancionar conductas de acoso sexual contra menores de 14 años.
Su publicación oficial marca un paso significativo en la defensa de los derechos de niños y adolescentes, fortaleciendo la legislación vigente para enfrentar esta problemática en el país.