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Multa por no dejar pasar una ambulancia, así el semáforo esté en rojo

Multa por no dejar pasar a las ambulancias Colprensa

Los conductores que no den permiso a las ambulancias y vehículos de emergencia para pasar, recibirán una alta sanción económica.

TOMADO DE: rcnradio.comRCN Radio (@rcnradio) / X

Anthonny José Galindo Florian

Conducir un vehículo no solo requiere de saber cómo manejar y tener habilidades al frente del volante, pues además es necesario conocer acerca de las normas de tránsito para poder darle cumplimiento, pues de lo contrario se exponen a sanciones.

Dentro de las infracciones de tránsito más comunes en Colombia se encuentran manejar sin portar la licencia de conducción, estacionarse en sitios prohibidos, no portar el SOAT, no realizar la revisión técnico-mecánica y omitir las señales de tránsito, entre otras. No obstante, existe otra infracción que para muchos es poco conocida, pero en caso de incurrir en ella deberán pagar una elevada suma de dinero.  

De interés: ¿Puedo presentar el pase de conducción virtual si me para un policía de tránsito?

Según el Código Nacional de Tránsito, “todo conductor debe ceder el paso a los vehículos de ambulancias, cuerpo de bomberos, vehículos de socorro o emergencia y de la policía o ejército orillándose al costado derecho de la calzada o carril y deteniendo el movimiento del vehículo, cuando anuncien su presencia por medio de luces, sirenas, campanas o cualquier señal óptica o audible. En todo caso, los vehículos de emergencia deben reducir la velocidad y constatar que les han cedido el derecho de paso al cruzar una intersección”.

En ese sentido, los conductores que no se orillen o no den permiso a las ambulancias y vehículos de emergencia para pasar, así el semáforo esté en rojo, tendrán que pagar una multa de $1.145.000. La infracción no aplica para la inmovilización del vehículo, pero significa un impacto para el bolsillo del conductor.

Lea también: ¿Cuáles documentos me puede pedir un agente de tránsito en un retén?

«El conductor debe orillarse al costado derecho de la calzada o carril y detener el movimiento del vehículo, cuando anuncien su presencia por medio de luces, sirenas, campanas o cualquier señal óptica o audible«, dice la infracción D09.

 

Fuente
Sistema Integrado Digital

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