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Los médicos de Puerto Rico podrán ejercer la telemedicina hasta finales de año

PUERTO RICO:

El Departamento de Salud exhortó a los profesionales de salud a que se inserten en esta practica por el bien de los pacientes en medio de la pandemia.

TOMADA DE:elnuevodia.com

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El secretario de Salud, Lorenzo González Feliciano, informó este jueves que los médicos de la isla podrán ejercer la telemedicina hasta el 31 de diciembre de este año o mientras dure el estado de emergencia por la pandemia del COVID-19.

La telemedicina incluye los servicios de consultas médicas por teléfono o por cualquier otro medio autorizado para evaluar pacientes; el envío de recetas, referidos u órdenes médicas por fotografía o cualquier otro método electrónico, entre otros servicios.

«La situación actual que enfrentamos por la presencia del COVID-19 nos ha obligado a insertarnos con inmediatez en prácticas tecnológicas que no solo garantizan la confidencialidad y la calidad del servicio médico, sino que salvaguardan la salud de los pacientes. El uso de la telemedicina es una de esas herramientas que cumple con todos estos los requisitos, por lo que extiendo la vigencia para dicha práctica hasta el 31 de diciembre de 2020”, explicó el funcionario a través de un comunicado de prensa.

González Feliciano indicó que esta determinación responde a la necesidad de los ciudadanos no descuiden su salud en medio de la pandemia.

«Progresivamente, vamos a incentivar a los médicos para que puedan expandir el uso de la telemedicina. Además del uso del teléfono para enviar recetas o para consultas médicas, la telemedicina ofrece muchas alternativas y tiene múltiples ventajas, tanto para los médicos como para los pacientes”, estableció.

La Resolución Conjunta del Senado 491 que viabiliza la telemedicina establece que todo médico que ejerza la práctica de la telemedicina en Puerto Rico podrá facturar los servicios provistos y las compañías de seguros, así como la Administración de Seguros de Salud (ASES), tienen la obligación de pagar los mismos, como si fueran servicios presenciales. Ante eso, ASES atemperó sus requisitos para eliminar la firma del médico primario en una receta, orden médica o referido.

El funcionario recordó que las farmacias pueden despachar repeticiones de medicamentos crónicos, aunque el paciente no posea una receta nueva.

«Para esto, el paciente deberá mostrar el frasco del medicamento vacío, identificado con el nombre del paciente y la dosis. Esto no aplica a medicamentos clasificados como narcóticos por las leyes o reglamentos federales o estatales», establece el comunicado.

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