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Gobierno expidió decreto que regula armas traumáticas, abecé de la norma

El decreto fue firmado por el ministro del Interior, Daniel Palacios, así como por Diego Molano, de la cartera de Defensa. FOTO ARCHIVO EC

COLPRENSA

El proceso incluye el diligenciamiento de un formulario, marcaje, registro y emisión del permiso.

TOMADA DE:https://www.elcolombiano.com/

Perfil - Juan Carlos Higuita - Violin

El Gobierno expidió el decreto 1417 del 2021 con el que se regula el porte de armas traumáticas en el país, un tema cuya polémica se agudizó tras el aumento de los crímenes cometidos con este tipo de armas.

El decreto fue firmado por el ministro del Interior, Daniel Palacios, quien se encuentra delegatario de funciones presidenciales, así como por Diego Molano, titular de la cartera de Defensa, quien manifestó que tendrá aplicabilidad a todas la personas naturales, jurídicas y servicios de seguridad privada.

El texto de la norma contiene el paso a paso de cómo se deberá hacer el registro por parte de tenedores y vendedores, qué restricciones habrá para su porte y cómo se podrá hacer la solicitud del permiso.

Quienes tengan actualmente en su poder un arma traumática podrán “legalizar y definir la situación jurídica” por medio de puntos de entrega en los que, luego de diligenciar un formulario, voluntariamente solicitan el marcaje, registro y emisión del permiso.

Abecé del decreto

¿Cómo registrar el arma?

Para el debido registro de estas armas, las personas que las posean tendrán un plazo máximo de ocho meses para entregarlas a Indumil e iniciar dicho proceso.

1. Los puntos de entrega de las armas traumáticas serán establecidos por la autoridad competente.

2. Una vez se entregue el arma, se diligenciará un formulario, el cual se entregará ante la autoridad competente de manera voluntaria, donde podrá tomar las siguientes opciones:

a) Entregar el arma, solicitar el marcaje y continuar con el trámite de registro y emisión del permiso de tenencia y/o porte del arma.

b) Entregar el arma voluntariamente en el caso en que decida no marcarla, ni adelantar el trámite de registro y emisión del permiso.

3. Una vez recibida el arma por parte del almacén comercial, se adjuntarán las características de la misma junto con los datos del propietario y finalmente el marcaje.

Cabe recordar que este plazo puede ser prorrogable por ocho meses más.

¿Y si el arma no cumple con las características para el registro?

Las personas cuyas armas traumáticas cumplan con las características de armas de guerra o uso privativo y de uso restringido, tendrán un plazo máximo de seis meses para entregarlas de forma voluntaria al Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas Militares.

Las armas que no cumplan los requisitos para su tenencia y que sean entregadas, serán posteriormente destruidas previa elaboración del acta correspondiente, diferenciándose de las decomisadas.

¿Cómo se hace la solicitud de permiso de tenencia y/o porte del arma?

Para el estudio de las solicitudes de permiso de tenencia y/o porte de armas traumáticas, se deberá realizar el siguiente proceso:

a) Una vez entregada el arma a Indumil, se debe evidenciar la entrega del comprobante de recepción junto con el formato con los datos del propietario y de las armas.

b) Solicitar la cita con el código único de atención ciudadana electrónica (ACE), mediante los canales establecidos por la autoridad competente y adjuntar en línea la factura de venta o declaración de importación del arma.

c) Presentarse el día de la cita en el Departamento de Control del Comercio de Armas, Municiones y Explosivos a nivel nacional para el enrolamiento y obtención de la huella dactilar y fotografía en el sistema.

¿Cuánto cuesta la expedición del permiso?

La persona deberá pagar los valores asociados a la expedición del permiso de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. En este decreto no se especifica dicho valor.

¿Cuánto tiempo tarda la entrega del permiso?

Una vez cancele los valores, tras haber acudido el día de su citación, se tendrá un plazo de ocho días hábiles para la entrega del permiso.

¿Una persona que porta un arma traumática sin permiso comete un delito?

Sí, de acuerdo con el artículo 365 del Código Penal, “el que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare, porte o tenga en un lugar armas incurrirá en un delito de porte ilegal”.

¿Qué requisitos deben cumplir los comerciantes de armas traumáticas?

Respecto a los comerciantes, el decreto señala que quienes tengan en sus inventarios armas traumáticas a la venta, tendrán un plazo de un año y cuatro meses para comercializarlas. No obstante, deberán llevar un registro detallado de la persona que la adquiere.

“En el registro deberá indicar el nombre, apellidos y el número de la cédula de ciudadanía de las personas naturales o la razón social, número de identificación tributaria -NIT- y nombre, apellidos y número de la cédula de ciudadanía del representante legal cuando se trate de una persona jurídica, dejando copia del documento de identidad y del certificado de existencia y representación legal”, explica la norma.

A cada comprador, el comerciante está en la obligación de darle toda la información para el registro del arma y la expedición del permiso de tenencia y/o porte que se explica en este decreto.

Si no se logra comercializar estas armas, podrán verse expuestos a su incautación y posterior judicialización.

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