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¿El coronavirus dejó su primera condena en Antioquia?

Como la “primera sentencia por violación a medidas sanitarias” fue presentado ante los medios de comunicación el caso de Libardo Antonio Sallas Anaya, de 22 años, quien fue condenado a 33 meses de prisión como cómplice de tentativa de hurto calificado y agravado, y -como ya se dijo- por violación de medidas sanitarias.

TOMADO DE: elcolombiano.comNoticias de fútbol | El Colombiano

Ese último delito está consagrado en el Código Penal, en su artículo 368: “el que viole medida sanitaria adoptada por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años”.

Según el coronel Ómar Rodríguez, subcomandante de la Policía Metropolitana, Sallas fue capturado el pasado 19 de abril a las 11:30 p.m., luego de que una denuncia ciudadana alertara sobre un intento de robo en una panadería del municipio de Bello. “El sujeto fue dejado a disposición por hurto agravado tentado”, dijo y agregó que la decisión de procesar por el otro delito fue del ente acusador.

Durante el juicio, la Fiscalía firmó un preacuerdo con el hoy condenado, y el Juez Segundo Penal del Circuito de Bello avaló ese acuerdo y repartió la pena así: 27 meses de prisión por el delito contra el patrimonio económico y apenas seis meses por la violación a las medidas sanitarias.

Así las cosas, técnicamente el hombre fue condenado por tentativa de hurto, en concurso con violación a la medida sanitaria.

Una fuente judicial, que pidió reserva de su identidad, planteó una duda sobre el caso: “¿entonces cualquiera que haya sido capturado en la calle durante la cuarentena puede ser procesado por ese delito? Ni las cárceles ni los jueces vamos a dar abasto”.

Lo que dicen los expertos

Claudia Carrasquilla Minami, abogada y exdirectora de Fiscalías de Medellín, dijo que hace falta tener más elementos para analizar por qué se imputó ese delito, pero advirtió que la captura se dio cuando estábamos en la fase más estricta de la cuarentena.

“Supongo que le imputaron ese delito porque violó el aislamiento obligatorio y seguramente no tenía tapabocas. Pensaría que al fiscal del caso le pareció novedoso hacer la imputación, pero yo (como abogada defensora) me habría ido a juicio porque seguramente el señor no tuvo la intención de violar la medida sino que tal vez cometió el ilícito porque tenía alguna necesidad”.

En ese orden de ideas, Carrasquilla consideró que no cualquiera podría ser imputado por el mismo delito: “se podría hacer, por ejemplo, si alguien tiene síntomas de covid-19 y sale a la calle y propaga el virus, aunque también habría atenuantes si salió por necesidad, porque no tenía con qué comer”.

Helena Hernández, abogada penalista y docente universitaria, señaló que este es uno de los delitos que se conocen como “tipo penal en blanco”, porque en cada caso hay que revisar qué norma administrativa es la que se incumple para configurar el delito. En el caso del coronavirus podrían ser los decretos presidenciales de aislamiento obligatorio, y en los locales, las decisiones expedidas por los alcaldes, como los toques de queda.

“Pero cualquiera diría que el que no tenga tapabocas o salga el día que no tiene pico y cédula podría ser procesado. Pero no. En derecho penal la aplicación es subsidiaria, es decir, esta es la última razón a la que se debe llegar (…) las sanciones administrativas como multas funcionan en estos casos”, dijo.

Según Hernández, lo que definiría si se imputa el delito o se impone una multa por violar las medidas sanitarias es la evaluación sobre el impacto de la conducta sobre la salud pública que, en para el caso, es un bien jurídico protegido. “Si usted sale sin tapabocas a la tienda está infringiendo la medida, pero no amerita un proceso penal. Si sale todo el día, se reúne con varias personas o tiene síntomas y no se aísla, depronto sí, habría que ver los detalles”.

CONTEXTO DE LA NOTICIA

El reporte de la Policía indica que en lo que va de la cuarentena, 624 personas han sido capturadas por violar la medida sanitaria en el Valle de aburrá. El general Eliécer Camacho, comandante de la Policía Metropolitana, señaló que buena parte ellos son personas que estaban en fiestas y celebraciones, sin autorización, sin uso de elementos de protección como el tapabocas y sin distanciamiento social. Ninguno de ellos ha sido llevado a las cárceles o estaciones de Policía para evitar contagios de coronavirus.

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