La licencia, según informaron desde el ministerio de Industria y Comercio, es para hacer uso obligatorio del genérico del retroviral Dolutegravir entre la población priorizada como pacientes con VIH, entre otros.
La Comunidad Andina (CAN) dio la razón a Colombia en su decisión de utilizar una licencia obligatoria para distribuir un medicamento genérico contra el VIH.
Esta medida tiene como objetivo facilitar el acceso al retroviral Dolutegravir a una población priorizada, como migrantes venezolanos, personas con VIH recién diagnosticadas, quienes tienen falla terapéutica y quienes requieren profilaxis, postexposición.
Hacer uso de la licencia obligatoria del genérico del retroviral Dolutegravir entre la población priorizada:
✅Migrantes venezolanos,
✅Personas que viven con VIH recién diagnosticadas,
✅Personas con falla virológica y ✅Personas que requieren profilaxis post exposición.— MinComercio Colombia (@MincomercioCo) November 6, 2024
El uso de la licencia obligatoria, según la Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN), no infringe los compromisos de Colombia en materia de propiedad industrial, ni incumple ningún compromiso comunitario.
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Este pronunciamiento se dio luego de que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) concediera, en abril de 2024, al Ministerio de Salud y Protección Social la autorización para importar y fabricar el Dolutegravir en su versión genérica.
De acuerdo con los términos de la licencia, el medicamento tendrá un costo aproximado de $15.000, mientras que el producto de marca ronda los $450.000.
La medida fue adoptada como respuesta al aumento de nuevos casos de VIH en el país. En 2022, se registraron 9.389 nuevos casos, lo que subraya la urgencia de tomar acciones para frenar la expansión de la enfermedad.
El Ministerio de Salud distribuirá el medicamento entre los sectores más vulnerables, incluidos los migrantes y personas con dificultades para acceder al tratamiento.
A pesar de que los titulares de la patente del medicamento interpusieron un reclamo ante la SGCAN, alegando que la medida violaba los compromisos internacionales de Colombia, el dictamen de la Comunidad Andina determinó que no hubo incumplimiento.
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La SGCAN también señaló que la duración de la licencia no puede preverse de antemano, ya que dependerá de la situación social y del impacto que la medida tenga en la población.