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Aprobado en primer debate proyecto que busca regular la eutanasia en Colombia

Aunque faltan aún tres debates para su aprobación en el Legislativo, congresistas manifestaron que se ha avanzado mucho con la aprobación en este primer debate.

El proyecto de ley que busca regular la eutanasia o muerte médicamente asistida en Colombia fue aprobado en primer debate en la Comisión Primera del Congreso de la República.

La iniciativa, que está siendo liderada por el senador Humberto de la Calle, tiene como prioridad garantizar la muerte digna.

El congresista aseguró que aunque falten aún tres debates para su aprobación en el Legislativo, se ha avanzado mucho con la aprobación en este primer debate.

“Después de varios intentos, hemos logrado la aprobación, en la comisión primera del senado, del proyecto sobre la muerte médicamente asistida. Es un proyecto que se basa en la dignidad de la vida y la libertad, para que las personas que no compartan estas ideas, no acudan al proceso y ya, todo según su pensamiento y libre albedrío”, explico de la Calle. 

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Los puntos más polémicos dentro de la propuesta están relacionados con la objeción de conciencia médica y la edad para acceder a la muerte médicamente asistida, por lo que serán temas que continuarán sobre la mesa en los próximos debates.

Y es que la semana pasada, el debate logró avanzar de tal manera, que tras haber discutido sobre 10 artículos que faltaban, este pudo superar el primer filtro en el Congreso.

El representante a la Cámara, Juan Carlos Losada, también expresó su alegría de que el proyecto fuera apoyado en primer debate, por medio de un video en el que aparece junto a de la Calle dando la nueva noticia.

“¡Aprobado en primer debate nuestro proyecto que regula el acceso a la eutanasia! Este es el primer paso para saldar la deuda que tiene el Congreso desde 1997, cuando la Corte Constitucional reconoció el derecho a la muerte digna”, escribió Losada en su red de X, antes Twitter.

Algunos de los puntos más desafiantes y polémicos se encuentran consignados en los artículos 56 y 57, en los que se señala cómo funcionaría la objeción de conciencia para un médico, en caso de que un paciente solicite una muerte asistida médicamente.

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Por ejemplo, el artículo 56 señala que ningún profesional médico asignado para realizar un procedimiento de muerte médicamente asistida está obligado a practicarlo “por considerarlo incompatible con sus convicciones personales”. Pero sí deberá de presentar por escrito su objeción de conciencia en constancia de su postura frente a esta práctica.

De manera que estos artículos serán tenidos en cuenta durante los próximos debates, así como también el 39, que es uno de los más polémicos. Este busca que el “reconocimiento del derecho de los niños, niñas y adolescentes” a morir por medio de esta modalidad, teniendo entre 6 y 18 años.

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