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PUERTO RICO: Debaten en el Senado proyecto que crearía una licencia menstrual de tres días con paga

La funcionaria del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos dijo además, que tal y como está redactado el proyecto, la licencia “es un trato especial para estas personas sobre el resto de los trabajadores ya que tendrán tres días con paga mensuales que no tienen que ser justificados”. (Shutterstock)

PUERTO RICO:

Por Nydia Bauzá

Varias agencias del gobierno objetaron la propuesta, mientras la Oficina de la Procuradora de las Mujeres le dio el aval.

TOMADA DE:https://www.primerahora.com/

Primera Hora

Un proyecto de ley que busca crear una licencia laboral de tres días con paga para mujeres y personas menstruantes en el sector público y privado fue objetado hoy por varias agencias del gobierno.

Los funcionarios alegaron que la medida tiene visos de inconstitucionalidad, que no tiene un estimado de impacto fiscal y que podría ser discriminatoria para las mujeres al momento de su contratación.

Pero, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres se expresó a favor del Proyecto del Senado 1052 por entender que la pieza legislativa provee mejores condiciones de trabajo a la mujer.

La medida comenzó a ser evaluada hoy en vistas públicas por la Comisión de Asuntos Laborales que preside la senadora Ana Irma Rivera Lassén.

“Estamos abriendo un camino importante en la discusión como política pública del tema de la menstruación y cómo incide en los derechos de las mujeres y las personas menstruantes en Puerto Rico, y la idea es poder seguir abarcando y reconocer los derechos y que no sea una mera discriminación al enfrentar situaciones que son naturales de su cuerpo”, destacó la senadora del Movimiento Victoria Cuidadana (MVC), autora de la pieza de ley en unión al senador Rafael Bernabe Riefkhol.

“Ese asunto de la inconstitucionalidad me parece está no solamente traído por los pelos, sino que no se entiende lo que realmente estamos tratando de hacer con este proyecto y lo que históricamente se ha hecho cuando se reconocen los cuerpos de las mujeres”, expresó la senadora Rivera Lassén, quien le otorgó un plazo de cinco días a los funcionarios para que sometan enmiendas que puedan mejorar la propuesta legislativa.

Tanto la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) como la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) argumentaron que la Junta de Supervisión Fiscal (JFS) no dará pasado la pieza legislativa.

“El proyecto no ofrece información sobre su posible impacto en las proyecciones del gobierno para el cumplimiento con el Plan Fiscal. Consideramos, que cualquier medida que reduzca la posibilidad de cumplir con el Plan, puede resultar en la imposición de medidas más drásticas a nuestros servicios públicos” dijo Jeirka Medina en representación de la AAFAF.

El asesor legal de la OGP, Hecrián Martínez indicó por su parte, que habría que realizar un censo para determinar cuántas empleadas y personas menstruantes cualificarían para recibir esta licencia para medir el impacto fiscal. Martínez sostuvo que en el sector público los empleados “tienen derecho a 24 días de vacaciones y 18 por enfermedad, que combinados suman 42 días y si se le añaden los 36 días de esta nueva licencia, estaríamos hablando de 78 días en total con cargo a alguna licencia con paga”.

“Consideramos que se debe analizar la novel propuesta en cuanto a las repercusiones que conllevaría la concesión de este beneficio en el sector del empleo público y privado y cómo se determinaría quién es el sector beneficiario”, agregó el asesor legal de la OGP.

En su turno, la procuradora del Trabajo, Nahiomy Álamo, dijo que “a pesar de que la exposición de motivos habla sobre la dismenorrea y padecimientos relacionados a la menstruación, el texto dispositivo del proyecto de ley en ningún momento señala que el tiempo que podrán utilizar las mujeres y personas menstruantes deberá ser para atender dolores o padecimientos relacionados a la menstruación o condiciones de salud que agraven sus efectos”.

La funcionaria del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos dijo además, que tal y como está redactado el proyecto, la licencia “es un trato especial para estas personas sobre el resto de los trabajadores ya que tendrán tres días con paga mensuales que no tienen que ser justificados”.

Según Álamo, el proyecto tampoco requiere que los días sean utilizados de forma consecutiva, por lo que podrían utilizarse a discreción de la persona beneficiaria en cualquier momento del mes y de manera fragmentada”.

A preguntas de Rivera Lassén, la Procuradora del Trabajo dijo que se debe justificar en la medida el por qué una mujer está recibiendo una licencia. “Si se le va a pagar tres días mensuales debe tener una razón. El texto actual no lo señala. La redacción actual es sumamente general. Puede tener vicios de inconstitucionalidad. Debe estar claro que esta licencia menstrual es por motivo de la menstruación. No está claro así en el texto de la medida”, alegó Álamo.

Diocelyn Rivera en representación de la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH) indicó que otorgar una licencia paga de tres días mensuales a las empleadas y personas menstruantes del servicio público, sin estudios sobre el impacto, necesidad y otras opciones que aporten a la viabilidad de una protección similar a las personas que lo requieran, no es una manera razonable o ajustada a nuestro ámbito laboral presente”.

Mientras tanto, Carol Medina de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres respaldó de forma contundente la iniciativa legislativa. “Evaluamos las enmiendas propuestas en el proyecto. Avalamos el mismo pues mediante este acto legislativo se promueven políticas públicas encaminadas a reconocer y brindar condiciones dignas a las mujeres a la hora de enfrentar la menstruación en su taller de trabajo, sin perpetuar los estigmas y tabúes que de ordinario rodean a esta vivencia natural”, indicó Medina.

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