REÚBLICA DOMINICANA:
Las facturas derivadas de los procedimientos de contratación pública deben ser emitidas de manera electrónica para los fines de pago. (FUENTE EXTERNA)
La DGII dijo que actualmente 611 grandes contribuyentes ya están obligados a emitir comprobantes fiscales electrónicos.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) emitieron una circular conjunta que dispone que todas las facturas derivadas de los procedimientos de contratación pública deberán ser emitidas de forma electrónica para fines de pago.
TOMADA DE: https://www.diariolibre.com/

La medida, anunciada durante un acto encabezado por el director de la DGII, Luis Valdez Veras, y el director de la DGCP, Carlos Pimentel, da cumplimiento a lo establecido en la Ley 32-23 de Facturación Electrónica y la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas, y busca fortalecer la transparencia y eficiencia en la gestión de los recursos del Estado.
De acuerdo con un comunicado, ambas entidades exhortaron a los proveedores del Estado a regularizar su estatus ante la DGII y solicitar la autorización como emisores electrónicos. De igual forma, instaron a las instituciones contratantes a adaptar sus pliegos de condiciones para garantizar el cumplimiento de esta disposición.
Fortalecimiento de transparencia
El director de la DGII explicó que actualmente 611 grandes contribuyentes ya están obligados a emitir comprobantes fiscales electrónicos, tanto para operaciones privadas como para las realizadas con instituciones públicas.
Destacó que la obligatoriedad se extiende a las entidades estatales, que deberán exigir y gestionar la facturación electrónica en todos sus procesos de compras y contrataciones, a fin de garantizar una gestión más ordenada y trazable.
«Esta circular que hoy firmamos reafirma el compromiso y consolida la coordinación interinstitucional entre la DGII y DGCP con la aplicación del marco normativo referente a la Ley 32-23 de Facturación Electrónica. Se trata de un paso importante porque dispone que todas las entidades públicas deberán incluir en sus pliegos de condiciones los requisitos sobre contratación y pago de servicios, garantizando así el cumplimiento de los plazos y procesos establecidos por esta ley», enfatizó Valdez Veras.
De su lado, el director de Contrataciones Públicas valoró la medida como un avance significativo hacia una gestión más transparente, eficiente y trazable del gasto público.
«Con esta medida fortalecemos la rendición de cuentas, facilitamos la interoperabilidad entre las instituciones y contribuimos a una Administración pública más moderna y responsable con los recursos del Estado», expresó Pimentel.
La circular
El comunicado detalla que la circular conjunta instruye a las instituciones contratantes a incluir en la sección de «Condiciones de Pago y Retenciones» de sus pliegos de condiciones la obligatoriedad de emitir facturas electrónicas, conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 340-06 y el numeral 4 del artículo 3, que consagra el principio de economía y flexibilidad.
De acuerdo con la disposición, tanto los proveedores del Estado como las instituciones contratantes deben asegurar la correcta emisión y recepción de las facturas electrónicas, en cumplimiento de la normativa tributaria y de contratación pública vigente.
La circular conjunta ya está disponible en la sección de Circulares del portal institucional de la DGCP.










