Habría vulnerado los derechos de los consumidores.
La Superintendencia de Industria y Comercio emitió un comunicado este 22 de julio en el que informó sobre una nueva sanción que impartió contra una reconocida empresa que se dedica a la comercialización de cosméticos, tras vulnerar presuntamente los derechos de los consumidores que acudieron al portal web de la tienda y a los establecimientos físicos de la misma.
Se trata de la sociedad Prosalon Distribuciones S.A.S., que es, a su vez, propietaria de los establecimientos Cromantic, con una multa de $ 589.614.080. La decisión de impartir una multa fue tomada por la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor.

Estas fueron las razones de la SIC para multar a la empresa. | Foto: Yanbal
Entre las razones que encontró la entidad para definir la sanción se encontró que durante los eventos en que las y los consumidores buscaban hacer efectiva la garantía de los productos, Prosalon no expidió las constancias de recibo y reparación de estos.
Adicional a ello, la sociedad habría condicionado el ejercicio del derecho de retracto a la entrega de la factura original de compra del producto o del documento que acreditara que este fue adquirido a través de canales no presenciales.
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“En distintas campañas promocionales adelantadas en su página web, Prosalon omitió información sobre las condiciones de tiempo, modo y otros requisitos para acceder a los incentivos”, indicó el organismo.

La empresa habría vulnerado los derechos del consumidor (imagen de referencia) | Foto: Getty Images
Además de ello, precisan que en su sitio web la sociedad investigada no suministró información “cierta, fidedigna, suficiente, clara y actualizada” en relación con las características esenciales del producto ‘Labial Maybelline Superstay Matte Ink Philosophie’.
La SIC precisó que la industria cosmética y de cuidado personal representa el 3 % del PIB nacional, según cifras de la Andi, lo que permite evidenciar una tendencia de consumo creciente de los productos cosméticos y de cuidado personal en el mercado colombiano.

La SIC le puso el ojo a la empresa dueña de Cromantic (imagen de referencia) | Foto: adobe stock
Finalmente, indicó la SIC que contra el acto administrativo sancionatorio procede el recurso de reposición ante la directora de Investigaciones de Protección al Consumidor y de apelación ante la superintendente delegada para la protección del consumidor.