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Extienden toque de queda y otras restricciones por COVID-19 en Cartagena

Mediante el decreto 0229, el alcalde William Dau decidió extender las medidas hasta el 1 de junio de 2021. A continuación un recuento.

TOMADA DE:eluniversal.com.co

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El alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, expidió el decreto 0229 del 1 de marzo de 2021 que establece la extensión del aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable en la ciudad, desde las 00:00 horas del 1 de marzo de 2021, hasta las 00:00 horas del 1 de junio del 2021.

De acuerdo con la Alcaldía, la nueva normativa se expidió teniendo en cuenta que el Gobierno nacional a través del Decreto 206 de 26 de febrero de 2021 que también extiende hasta el 1 de junio el aislamiento en el país.

El documento establece que se mantiene el toque de queda de lunes a jueves, desde las 00:00 horas hasta las 5:00 horas de cada día, y viernes, sábado y domingo: desde las 2:00 horas hasta las 5:00 a.m. de cada día.

Los días festivos el toque de queda también es desde las 2:00 horas hasta las 5:00 a.m. de cada día.

Igualmente, en los horarios del toque de queda seguirá prohibido el consumo de bebidas embriagantes y alcohol en espacios públicos, como calles, parques, plazas, plazoletas, en espacios residenciales, en bares, gastrobares y en todo el territorio del Distrito de Cartagena.

Se recuerda a la ciudadanía que continua la prohibición para la venta, distribución y expendio de bebidas embriagantes en todos los tipos de establecimientos de comercio (tiendas de barrio, supermercado, centros comerciales, grandes superficies, salsamentarias, terrazas, estancos, billares, etc.), por personas naturales y/o jurídicas.

Sin embargo, se permitirá la venta, distribución y expendio de bebidas embriagantes a través de plataformas digitales o domicilios.

La normativa establece que seguirá prohibido el uso del espacio público que no esté autorizado por las autoridades o normas correspondientes, para celebraciones o aglomeraciones, además de las contempladas por leyes o normas al respecto.

Y no se otorgará autorización para eventos en vías públicas, ni fuera de las zonas que se encuentren autorizadas dentro de los espacios públicos del Centro Histórico que tienen aprovechamiento económico.

Tampoco se permite la realización de espectáculos públicos o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo en playas y espacios públicos; así mismo, se prohíbe la utilización de pick-up, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana.

Las únicas personas que están exentas de la medida son: los funcionarios de entidades del orden nacional, funcionarios de la Alcaldía de Cartagena y la Gobernación de Bolívar en cumplimiento de sus funciones, trabajadores y operarios de farmacias, trabajadores que presten turnos de trabajo, vehículos o rutas de transporte de trabajadores en empresas que laboren 24/7, miembros de la fuerza pública, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, Cuerpo de Bomberos, Rama Judicial, organismos de socorro y Fiscalía, personal de vigilancia privada y celaduría, vehículos de emergencia médica y atención domiciliaria, entre otros.

Y el decreto deja claro que la restricción no cobija a las actividades fílmicas y cinematográficas, los espectáculos públicos y/o eventos privados autorizados por la Secretaría del Interior, previo al lleno de los requisitos legales, y los eventos del plan piloto de eventos y ferias empresariales, los cuales podrán realizarse con un aforo máximo que dependerá del espacio disponible en el lugar a efectuarse estas actividades y deberá garantizarse el distanciamiento de mínimo dos metros por personas.

El gobierno de William Dau recuerda que uso de tapabocas, o cualquier elemento que cubra la boca y nariz, sigue siendo obligatorio en espacio público y establecimientos de comercio.

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