La decisión expone la responsabilidad de la Administración local en la prevención del riesgo, en especial de un lavadero que contribuyó a la inestabilidad del terreno.
El Tribunal Administrativo de Antioquia condenó en segunda instancia al municipio de Bello por la tragedia ocurrida el 5 de diciembre de 2010 en el barrio La Gabriela, cuando un deslizamiento de más de cincuenta mil metros cúbicos de tierra sepultó las viviendas del sector Calle Vieja y causó la muerte de 80 personas.
La Sala Quinta de Decisión de esa corporación confirmó la responsabilidad del municipio y le ordenó indemnizar a los familiares de Matilde Eugenia Restrepo Álvarez y Jhon Fredy Castro Sepúlveda, ambos fallecidos en la tragedia.
La decisión se dio tras los recursos de apelación interpuestos contra el fallo de primera instancia del Juzgado Veintiséis Administrativo de Medellín, por parte del abogado Javier Villegas Posada, en representación de las familias de las dos víctimas.
El Tribunal concluyó que el municipio incurrió en falla en la prestación del servicio por omisión, al no tomar las medidas necesarias para estabilizar el terreno ni ejecutar acciones de vigilancia y control frente al funcionamiento del parqueadero y lavadero de carros conocido como La Báscula, cuyo inadecuado manejo contribuyó a la desestabilización del talud.
«Respondía al municipio a adoptar las medidas necesarias para mitigar el riesgo que se cernía desde hace años atrás sobre los habitantes de la Gabriela. Lo que no ocurrió y fue precisamente esas omisiones las que generaron la responsabilidad del municipio y por la que fue condenada en este caso y en los anteriores a indemnizar a las víctimas de la tragedia», detalló el abogado.
La sala advirtió la administración municipal no podía trasladar a los ciudadanos la carga de adelantar las medidas necesarias para prevenir la ocurrencia de un desastre y que tampoco podía alegar que las víctimas se expusieron al riesgo, cuando el municipio toleró y permitió que se asentaran en el sector.
“Aunado a lo anterior, se demostró en el proceso que fueron los mismos habitantes del lugar los que denunciaron ante la Fiscalía el funcionamiento ilegal de la escombrera por el riesgo que esta representaba para ellos y sus viviendas. No obstante, era al municipio al que le correspondía adoptar las medidas para mitigar el riesgo”, se lee en la sentencia.
Esta es la sexta condena obtenida por Villegas Posada a raíz de la tragedia de la Gabriela. Para el apoderado de los familiares de las víctimas, esta nueva decisión “ratifica la gravísima omisión del municipio de Bello en una tragedia que había sido advertida por entidades ambientales y por la misma comunidad, pero que no fue atendida oportunamente por las autoridades. Alrededor de 80 personas murieron por esa negligencia”, reiteró.