El expresidente Álvaro Uribe Vélez, condenado en primera instancia a 12 años de prisión por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, cumple desde esta semana una detención domiciliaria bajo condiciones atípicas frente a otros casos similares.
La orden judicial no contempla el uso de brazalete electrónico ni limita su acceso a medios de comunicación, lo que le permite mantener actividad política desde su residencia en Llanogrande, Antioquia.
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La sentencia fue emitida el pasado 1 de agosto de 2025 por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Rionegro. El 6 de agosto, Uribe acudió al complejo judicial de esta localidad para firmar el acta de compromisos, documento que detalla las obligaciones necesarias para conservar el beneficio de la reclusión en casa.
Entre ellas figuran la prohibición de cambiar de domicilio sin autorización, la comparecencia ante las autoridades cuando sea requerido, y la obligación de permitir el ingreso de funcionarios encargados de su vigilancia. Cualquier desplazamiento fuera de su vivienda requiere aval previo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC).
Inicialmente, la reseña judicial debía realizarse en la cárcel de La Ceja; sin embargo, el cierre inminente de este centro penitenciario trasladó el procedimiento a la prisión de Sonsón, también en Antioquia.
l juez del caso descartó el brazalete electrónico, argumentando que la ubicación del domicilio está plenamente identificada y que el procesado ha manifestado su compromiso de no evadir la medida. Tampoco impuso restricciones en el uso de teléfonos, internet o redes sociales, por lo que el exmandatario mantiene libertad plena para comunicarse y participar en el debate público.