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Formulan cargos a Claro, Tigo, Etb, Virgin Mobile, Móvil Éxito y Avantel

La decisión fue adoptada por la Superintendencia de Industria y Comercio por presuntas infracciones al régimen de portabilidad numérica

TOMADO DE: caracol.com.coLa Luciérnaga | Caracol Radio

La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos en contra de los operadores de servicios móviles: CLARO, TIGO, ETB, VIRGIN MOBILE, MÓVIL ÉXITO y AVANTEL con el objeto de establecer la presunta violación del Régimen de Portabilidad Numérica Móvil.

La decisión se adoptó al haber desconocido el derecho que le asiste a los usuarios de escoger el operador, rechazar las solicitudes de portabilidad numérica de acuerdo con la regulación, acatar los plazos máximos y los pasos previstos en la regulación para adelantar las actividades a su cargo dentro del proceso de portación, realizar prácticas de recuperación de usuarios y desconocer el deber de suministrar la información requerida por la autoridad de manera exacta y completa.

En el caso de COMCEL se le formuló pliego de cargos por presuntamente desconocer la obligación acatar los plazos máximos previstos en la regulación para adelantar las actividades a su cargo dentro del proceso de portación, rechazar solicitudes de portabilidad como proveedor donante hacia otros operadores, sin el sustento probatorio respectivo para cada una de las causales y presuntamente realizó prácticas de recuperación de los usuarios solicitantes de portabilidad de salida.

La situación de TIGO hace referencia a que presuntamente no estaría remitiendo al Administrador de Base de Datos dentro del proceso de portación, la prueba del rechazo de las solicitudes de portación recibidas en calidad de proveedor donante, de conformidad con las condiciones y lineamientos previstos en la regulación vigente.

La ETB porque Presuntamente desconoció el derecho de los usuarios de escoger el operador, los planes y servicios; y rechazó las solicitudes de portación numérica sin justificar las mismas de acuerdo con lo establecido en la regulación vigente.

Referente al caso de VIRGIN tiene que ver con que presuntamente desconoció el derecho de los usuarios de elegir la fecha para que se efectuara la ventana de cambio dentro del proceso de portación,

La Superintendencia de Industria informó que en lo relacionado con AVANTEL en proceso de reorganización, es porque presuntamente habría incumplido la obligación de rechazar o aceptar las solicitudes de portación según las condiciones establecidas en la regulación vigente y, en consecuencia, habría desconocido el principio de libre elección del usuario.

Y finalmente, en el caso de ALMACENES ÉXITO INVERSIONES es porque presuntamente desconoció la obligación de acatar los plazos máximos previstos en la regulación para adelantar las actividades a su cargo dentro del proceso de portación y de planear la ventana de cambio sin exceder el término regulatorio para el trámite de portación.

De confirmarse las irregularidades la sanción que tendría que pagar es del orden de los 15 mil salarios mínimos cada empresa y contra la decisión no procede ningún recurso.

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